No suelo hacer art...casi siempre hago parte demandada en fuero laboral....el tema es que me consulto un muchacho que labura de colectivero, hace varios años ya. Este pibe padece de artrosis de cadera...es decir que se desgasto ( x necrosis) el cartílago que recubre el fémur y le duele cuando maneja. A él ya hace unos años lo operaron del lado derecho x ese mismo problema y ahora está teniendo el mismo problema del lado izquierdo. Siempre se atendió por obra social, ahora me consulta si está vez ( el lado izq) lo puede pasar por art. Alguno sabrá si este tipo de patologías lo cubre art? Yo estuve investigando un poco y la artrosis de cadera puede tener muchas causas ( hereditarias, geneticas y también trabajo que represente esfuerzo en la zona......en este caso manejar podría andar) ..el hecho de que ya haya tenido la misma patología del otro lado y lo haya atendido la obra social puede perjudicar un eventual reclamo?..que me aconsejan? Si me tiran una mano agradecido. Saludos a todos
BITTERLAOS escribió: ↑Sab, 20 Jun 2020, 21:50 No suelo hacer art...casi siempre hago parte demandada en fuero laboral....el tema es que me consulto un muchacho que labura de colectivero, hace varios años ya. Este pibe padece de artrosis de cadera...es decir que se desgasto ( x necrosis) el cartílago que recubre el fémur y le duele cuando maneja. A él ya hace unos años lo operaron del lado derecho x ese mismo problema y ahora está teniendo el mismo problema del lado izquierdo. Siempre se atendió por obra social, ahora me consulta si está vez ( el lado izq) lo puede pasar por art. Alguno sabrá si este tipo de patologías lo cubre art? Yo estuve investigando un poco y la artrosis de cadera puede tener muchas causas ( hereditarias, geneticas y también trabajo que represente esfuerzo en la zona......en este caso manejar podría andar) ..el hecho de que ya haya tenido la misma patología del otro lado y lo haya atendido la obra social puede perjudicar un eventual reclamo?..que me aconsejan? Si me tiran una mano agradecido. Saludos a todosLa oesteonecrosis de cadera figura como enfermedad profesional de actividades en las que el trabajador se encuentre expuesto a presiones atmosféricas mas elevadas que la normal. No obstante las enfermedades profesionales contempladas en el decreto 658/96 y subtes. como así también los motivos que ocasionan los mismos no es taxativo. Por lo que si lograras demostrar que la causa de la misma se manifestó por las labores efectuadas podrías intentar que prospere. Ahora si la función de tu cliente fue solo ser chófer y a su vez no tiene lesiones similares en los miembros inferiores, hace que la pretensión se torne mas difícil de probar, aunque esto ultimo deberías verificarlo con un medico. Con respecto a la lesión del otro lado, no es algo que invalide el reclamo en caso de ser procedente, ya que en su labor utiliza ambas extremidades constantemente.