Buenos días, mi clienta (55 años) está separada de hecho hace tres años, nunca iniciaron nada. El exmarido le pasa una suma de dinero mensual insuficiente. Tiene 30 años de casada y solo trabajó en algunos periodos, siempre media jornada. Tienen una empresa en común (SRL) en la que trabajaban juntos (ella es socia) hasta hace un año a pesar de estar separados, de la cual él "la echó" y no le permite acceder a las cuentas, estados contables, instalaciones, etc. Tienen 4 hijos en común, uno solo menor de edad que convive con la madre. No hay establecida cuota alimentaria tampoco. Pretende cuota alimentaria y compensación económica para ella. La duda es la siguiente, le corresponde compensación económica del art. 441 a pesar del tiempo que transcurrió desde la separación de echo? Si es así, cuál sería el criterio para fijarla?. Si pueden ayudarme con eso y con jurisprudencia al respecto se los agradecería. Espero sus comentarios