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  • Cálculo del haber y circular 71/11

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1257691  por Violetac
 
Buenas tardes, les agradecería me ayuden con mi jubilación, que debo ingresar el viernes y tengo una duda. Tengo más de 30 años de servicios (relación de dependencia cuando era joven, compra de período con ley 24476 y soy monotributista desde el 2005). Me apareció en la historia laboral un aporte de servicio doméstico que no me pertenece. Es de 05/2000 (hace más de 20 años). Si invoco la circular 71/11 en su párrafo: …”Habida cuenta que se han presentado solicitudes de beneficios en las que se pretende renunciar a períodos trabajados en relación de dependencia, debe tenerse en cuenta que, aún tratándose de tareas como trabajador de Servicio Doméstico, la renuncia/reserva de servicios, resulta procedente siempre que el período no forme parte del que se emplea para el cálculo del haber en los términos del Decreto Nº 679/95, reglamentario del artículo 24 inciso 2); o del Ingreso Base según las normas contempladas en el Decreto 1120/94 reglamentario del artículo 97 inciso 1ª de la Ley Nº 24.241”, la duda es si en el cálculo de mi haber se toman sólo los últimos 10 años y en ese caso este período por ser más antiguo no debe ser tenido en cuenta y de esa manera me sirve la circular. O si no puedo invocarla porque el cálculo del haber debe ser hecho considerando todos mis años de servicio y en ese caso no puedo renunciar a ese período...
Espero me hayan entendido. Muchas gracias a quien me pueda dar una mano.
 #1257717  por lucky
 
En ese caso no es que te toman sólo los últimos 10 años, sino que al tener aportes en RRDD y en AUT te calculan el promedio y el haber por separado y luego los suman (art. 24 inc c) ley 24241).
Esa Circular 71/2011 a la que te referís fue reemplazada por la 54/2018 pero el párrafo que transcribiste lo mantuvieron. Sigue igual.
Al margen de esto, lo más prolijo sería pedir la desafectación de ese pago en AFIP, según la circular 22/13. Pero no sé cuánto están tardando para esto. Por ahí alguien que hizo el trámite en los últimos meses nos puede aportar algo sobre los tiempos de demora.
La otra es dejarlo, poner en observaciones que no tenés pruebas sobre ese mes, y en definitiva no te lo van a computar porque alcanzás los requisitos por otro lado.
 #1257722  por Violetac
 
Muchísimas gracias por responder lucky, ya pedí la desafectación de ese pago en AFIP el 27/02/2020. Soy de Rosario y me advirtieron que al ser un pago tan antiguo lo derivaban a Buenos Aires y tardaban unos meses. Luego llegó la pandemia y todo se aplazó. He hecho reclamos pero no desafectan aun el pago. El problema es que ANSES exige la desafectación. Veré qué pasa. Muchas gracias
 #1257741  por MARIO1943
 
lucky escribió: Mar, 28 Jul 2020, 08:40 En ese caso no es que te toman sólo los últimos 10 años, sino que al tener aportes en RRDD y en AUT te calculan el promedio y el haber por separado y luego los suman (art. 24 inc c) ley 24241).
Esa Circular 71/2011 a la que te referís fue reemplazada por la 54/2018 pero el párrafo que transcribiste lo mantuvieron. Sigue igual.
Al margen de esto, lo más prolijo sería pedir la desafectación de ese pago en AFIP, según la circular 22/13. Pero no sé cuánto están tardando para esto. Por ahí alguien que hizo el trámite en los últimos meses nos puede aportar algo sobre los tiempos de demora.
La otra es dejarlo, poner en observaciones que no tenés pruebas sobre ese mes, y en definitiva no te lo van a computar porque alcanzás los requisitos por otro lado.
NO SALI A CONTESTAR, PORQUE ESPERBAS QUE VOS SALIERA A RESPONDER CON LA JUSTA Y NO ME EQUIVOQUE, LO QUE PASA QUE ESTA FORISTA ME HABIA MANDADO POR MP LA PREGUNTA Y LE RESPONDI,
PERO ANTES DE MANDAR UN MP, LO TENES QUE SACAR POR ESTE MEDIO Y SI NO TE CONVENCE AHI SI MANDAR UN MP, ME PARECE UNA FALTA DE RESPECTO LA ACTITUD DE ESTA FORISTA
ESTO LE REPONDI YO

HOLA
1) SI VOS INVOCAS LA CIRCULAR 71/11, NO VA, PORQUE LO QUE VEO
ENTRA EN LOS ULTIMOS 10 ANOS PARA LA DETERMINACION DEL HABER, LO DICE BIEN CLARO LA CIRCULAR, SI ESE PERIODO QUEDA AFUERA DE LOS ULTIMOS 10 ANOS , AHI SI VA
2) VOS TENES QUE LLEGAR A LOS 30 ANOS SIN CONSIERAR ESE SDM, ESO SI, DECLARALO Y EN LAS DECLARACIONES JURADAS PONES QUE NO PODES
PONER DADOR PORQUE NO EXISTE, ESE APORTE TE APARECIO Y MOSTRAS
LA SOLICITUD QUE HICISTES EN AFIP PARA ANULARLO, QUE POR LA CUARENTENA MAS NO SE PUEDE HACER, YA QUE AFIP ESTA CERRADO
PARA RECLAMAR
3) COMO MUCHO NO TE VAN A TOMAR A CUENTA ESE PERIODO, ADEMAS LLEGAS A LOS 30 ANOS, EL PROBLEMA SERIA , SI CON ESE PERIODO LLEGAS A LOS 30
 #1257744  por Violetac
 
Perdón Mario, no fue mi intención faltarte el respeto, tengo apuro en resolver esto y te escribí diciendo que tu respuesta no contestaba mi pregunta porque el aporte estaba hecho fuera de los últimos 10 años anteriores y porque lo que necesitaba saber era cómo se realizaba el cálculo del haber con servicios mixtos. No vi tu contestación y pensé que a lo mejor ya no lo harías, por eso acudí al foro. Mil perdones, por favor...
 #1257745  por MARIO1943
 
JAMAS RECIBI MP DICIENDO QUE NO REPONDIA A LA PREGUNTA, AL CONTRARIO MANDASTE TU AGRADECIMIENTO, LA PREGUNTA ERA DE SDM, NO DE APORTES MIXTOS , QUE EN ESTA CASO A VOS NO TE INTERESA COMO DETERMINA EL HABER, POR NO SABER, ANSES NO TE VA A RECHAZAR EL INICIO DEL EXPEDIENTE, REPITO TU PROBLEMA ERA EL SDM NO LOS APORTES MIXTOS
LUCKY FUE MAS ALLA , DE LA PREGUNTA Y TE EXPLICO EL CALCULO Y VOS AHORA TE AGARRAS DE AHI, TU PROBLEMA ERA LA URGENCIA, NADA QUE VER CON LOS APORTES MIXTOS ,POR FAVOR NO ME MADES MAS MP
 #1257748  por Violetac
 
Sent: Dom Jul 26, 2020 2:20 am
by Violetac
Gracias Mario por contestar y por hacerlo tan rápido. Mi consulta es porque tengo aportes en relación de dependencia (pocos), aportes autónomos (por la compra de período con la 24476) y monotributistas desde 2005. Entonces creo que el cálculo del haber no es tomando sólo los últimos 10 años, como es en el caso de un trabajador en relación de dependencia. Entonces si para el cálculo del haber se toman mis más de 30 años de aportes mixtos, ese aporte de SDM también se toma y no lo puedo renunciar como indica la norma. Esa es mi pregunta. Espero haber sido clara. Y muchísimas gracias.

Esto es lo que yo te contesté, no dije directamente que tu respuesta no contestaba mi pregunta, pero te reformulé la pregunta y sí me interesaba saber cómo era el cálculo del haber, justamente por cómo lo indicaba la norma y si se tomaban mis 30 años de servicios el aporte de servicio doméstico iba a ser tomado en cuenta.
No entiendo por qué estás tan enojado. Lo lamento mucho
 #1257781  por MARIO1943
 
DONDE DICE QUE QUERES SABER COMO SE DETERMINA EL HABER POR APORTES MIXTO
SI VOS HACES MAL LA PREGUNTA LA RESPUESTA VA SER OTRA
SI VOS HUBIERA HECHO BIEN LA PREGUNTA YO TE HUBIERA RESPONDIDO DISTINTO EN CUANTO A LA DETERMINACION DEL HABER
EN TU CASO NO ES APLICABLE LO QUE DICE LUCKY , PORQUE VOS NO TENES AUTONOMO PURO, Y SI ES ASI
SE DIVIDE EL APORTE POR LA SUMA DE APORTES Y RETENCIONES Y TE DA UN SUELDO

EN EL CASO DE MONOTRIBUTO, EL MISMO NO TIENE SUELDO Y VA SIEMPRE A LA MINIMA
SOLO CORRESPONDERIA SI APARTE EN AQUEL MOMNETO EL APORTE OBLIGATORIO ERA DE $ 35, TENDRIA
QUE APORTAR EN FORMA VOLUNTARIA $ 33 Y AH RECIEN TENDRIA UN SUELDO DE $ 3OO, PARA LA DETERMINACION DEL HABER, QUE YO SEPA NADIE HIZO ESE APORTE Y MENOS EN LA ACTUALIDAD
POR LO TANTO AL NO HABER APORTE VOLUNTARIO, EL MONOTRIBUTO NO TIENE SUELDO
YO ENTENDI QUE LO QUE VOS QUERIAS SABER ERA COMO JUGABA EL SDM EN LA DETERMINACION DEL HABER , TE CONTESTE QUE ESTA DENTRO DE LOS ULTIMOS 10 ANOS , EN TU CASO NO HAY APORTES
MIXTO ES SOLO RR.DD.
ACA FUNDAMENTOS MI DICHOS
A partir del aporte básico de $ 35, el monotributista puede pagar, voluntariamente, $ 33 adicionales -$ 68 en total-, ya sea para obtener las prestaciones de reparto o de capitalización. Esta opción, en caso de tomarla, debe especificarla en el formulario 184, de reempadronamiento.
Los montos de esos beneficios, según el decreto reglamentario 806, se calcularán considerando renta imponible un monto de $ 300 (esta cifra hace las veces del salario de un dependiente). Si el contribuyente opta por reparto, en el futuro tendrá derecho a la prestación adicional por permanencia (PAP), equivalente al 0,85% de la renta de referencia por año aportado. Con 30 años de aportes, la prestación que, con los valores hoy vigentes, que podría esperar sería de $ 76,50. Sumada la PBU, el beneficio total sería de $ 276,50, suponiendo que la persona estuvo siempre en el monotributo.
Si se elige capitalización, los $ 33 se ahorrarían en la cuenta individual. Allí, el resultado final dependerá de la rentabilidad y la comisión de la AFJP. Un ejercicio de cálculo, sólo a modo de ejemplo, que toma en cuenta la comisión promedio del sistema actual; supone una leve alza hacia el futuro; prevé una caída del 10% en el fondo por efecto de la reestructuración de deuda pública, y a partir de 2005 una rentabilidad anual promedio del 4%, arroja como resultado un haber mensual de $ 300, ya sumada la PBU.

REPITO LO QUE DICE LUCKY SOLO ES APLICABLE A LOS QUE TIENEN AUTONOMO PURO, QUE NO ES TU CASO

DECIS QUE NO VES MI ENOJO
SI SALISTE A PREGUNTAR AL FORO NUEVAMENTE DESPUES QUE YO TE CONTESTARA TU PREGUNTA
POR LO MENOS LA PREGUNTA HUBIERA SIDO DE APORTES MIXTO, YA QUE CON RESPECTO AL SDM ESTABA CONTESTADO, SIN EMBARGO SALISTE A PREGUNTAR TAMBIEN LO SDM, COMO DEBO INTERPRETARLO
QUE LO QUE YO TE DIJE CAYO EN SACO ROTO, JAMAS NINGUNA FORISTA, CUANDO ME HA PREGUNTADO
SALIO DESPUES AL FORO A PREGUNTAR, ES UNA FALTA DE ETICA, POR LO MENOS ME HUBIERAS DICHO
TU RESPUESTAS NO ME CONVENCEN Y VOY A SALIR AL FORO A PREGUNTAR A LOS DEMAS FORISTA

YO TE RESPONDI A TODA TUS PREGUNTAS, COINCIDO CON LUCKY EN CUANTO AL SDM YA QUE AMBOS
HEMOS DICHO ALGO PARECIDO, NO COINCIDO SU APRECIACION CON RESPECTO DEL MONOTRIBUTISTA
QUE LO CONSIDERA SIN TENER SUELDO, FALTA EL VOLUNTARIO, QUE NADIE LO PAGO
AHORA YO PREGUNTO , PARA QUE RECURRISTE A MI PRIMERO POR MP Y NO AL FORO, COMO LO TENGO QUE INTERPRETAR?
 #1257789  por Violetac
 
Te pido mil disculpas Mario, creeme que no fue mi intención ofenderte. Creí que no ibas a contestarme la segunda vez que te escribí y por eso acudí al foro. Es mucho el perjuicio que estoy teniendo por no haber podido ingresar mi jubilación aun. Cuando en febrero quise ingresarla me dijeron en ANSES que sí o sí este aporte tenía que estar desafectado. Mirá el tiempo que ha pasado y yo sin poder ingresar mi trámite... Comprendeme por favor, estaba buscando una respuesta para poder argumentar en Anses y creí que no ibas a contestarme la segunda vez que te escribí. Si me expresé mal tampoco fue mi intención...