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 #1256177  por vey983
 
Buen día colegas, tengo que inscribir dos inmuebles en una sucesión que tramita en CABA.
Uno de ellos es se encuentra en CABA y el otro en Pcia. de Buenos Aires.
Entiendo que abonaría por tasa:

a) Inmueble de CABA: 1,5% sobre V.F. + 5% en concepto de bs. muebles
b) Inmueble Pcia. : 0.75% + 5% (por art. 4° Inc. G párr. 2 ley 23.899: ..."En los supuestos de bienes ubicados en extraña jurisdicción, el valor establecido en el artículo 3º, inciso c) se reducirá a la mitad")

Alguien me confirmaría si estoy en lo correcto?
Muchas gracias!
 #1257782  por ROSOL29
 
Hola colegas, les hago una pregunta ya que tengo que iniciar una sucesión (dos causantes-matrimonio) en CABA con bienes en CABA y en PCIA de BSAS.
Por favor si pueden indicarme si estoy en lo correcto con respecto a los gastos fijos:

BONO
F 3003/03 - por causante
EDICTOS - por causante
OFICIO AL COLEGIO DE ABOGADOS DE CABA - por causante
OFICIO AL COLEGIO DE ESCRIBANOS DE CABA - por causante
TASA JUSTICIA BIEN CABA 1.5% + 5% BS MUEBLES
TASA JUSTICIA BIEN PCIA BS AS 0.75% + 5% BS MUEBLES
CERTIFICADO DE INHIBICION - por causante
CERTIFICADO DE DOMINIO INMUELBE caba - por causante
ESTADO PARCELARIO BS PCIA
CEDULA CATASTRAL
IMPUESTO A LA TRANSMISION GRATUITA

Si me pueden guiar un poco ya que es la primera q tengo q iniciar, les agradeceré.
saludos!
 #1257841  por Pachita
 
Hola Rosol

Entiendo que están los gastos previstos para una sucesión, siempre que tus clientes cuenten con la documentación original para iniciar la misma (partidas).