Bueno les comparto las instrucciones.
Buen día,
para el otorgamiento de poderes debe cargar los datos de la minuta en
el sistema informático (como se hacía siempre), luego solicitar turno
a través de este mail (indicando el nro de poder) para que el
poderdante se presente en la Cámara a fin de suscribirlo.
Sin perjuicio de ello, se hace saber que esta Cámara se ciñe a los
lineamientos fijados en la Acordada 31/2020 de la Excma. CSJN, a los
fines de acompañar las políticas implementadas en materia de salud por
la autoridad nacional y local para no poner en riesgo los objetivos de
la salud pública perseguidos. En vista de ello, las funciones y tareas
que se incorporan deben serlo resguardando la salud del personal del
Poder Judicial de la Nación, de los profesionales, litigantes y de
todas aquellas personas que concurran a los tribunales y dependencias
que lo integran (conf. Ac. 31/2020 CSJN, cons. IV, pto. 4 de la parte
dispositiva relativa las “Medidas excepcionales mientras dure la
pandemia de CORONAVIRUS (COVID-19) y Anexo II - Protocolo de
Actuación – Principios Generales”).
En ese orden, se pone en su conocimiento que, en el Anexo II, Capítulo
I - Expediente Electrónico/ Digital- , pto. 5, de la citada Acordada
31, se establece que cuando la parte actúe con patrocinio letrado,
éste deberá realizar las presentaciones en soporte exclusivamente
digital incorporando el escrito con su firma electrónica, en el marco
de lo dispuesto en la acordada 4/2020, suscriptos previamente de
manera ológrafa por el patrocinado. El presentante la reservará y
conservará en su poder y custodia debiendo presentarla bajo su
responsabilidad a solicitud del tribunal.
Asimismo, cuando la atención para cualquier actividad que deba
desarrollarse en la sede del Tribunal , o dependencia del mismo,
requiera la asistencia presencial, ésta deberá ordenarse por medio de
un sistema de turnos que se solicita invocando motivos fundados,
horarios de asistencia, cantidad de personas simultáneas que podrán
asistir al evento, tiempos estrictos de duración que no superen los
quince minutos y medidas de higiene a observar. En ese orden se deberá
disponer entre un turno y otro de las medidas de limpieza que deban
adoptarse para evitar cualquier tipo de incidencia (conf. Ac. 31/2020
CSJN Ac. Cap. IV –Teletrabajo-, pto. 6).
En virtud de lo expuesto, se le solicita tenga a bien informarnos si
aún continúa solicitando los turnos presenciales.
Finalmente, se le hace saber que los turnos serán otorgados -en forma
ecuánime- con el resto de los solicitantes.