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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1258145  por valeria1824
 
Buenas tardes colegas..recien me inicio en el derecho previsional. Mi cliente quiere designar como apoderado para percibir la jubilacion que esta tramitando a uno de sus hijos. En la pagina de anses no menciona entre la documentación a presentar que acredite el vínculo por medio de la partida de nacimiento (aunque por logica diria yo que si es necesario) y yo he hecho el tramite de designación de apoderado por atencion virtual de personas ya jubiladas y no me solicitaron la partida de nacimiento al presentar la solicitud por atencion virtual (solo pidieron fotos del dni del solicitante y del representante). por todo esto me surge la duda de si para designar ante anses un apoderado para percibir la jubilacion se necesita acreditar el vinculo con la partida de nacimiento. muchas gracias
 #1258147  por MARIO1943
 
Formulario PS. 6.4 • Carta para otorgar poder de Anses


¿Qué es el Formulario PS. 6.4?

El Formulario PS. 6.4 o Carta Poder de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) es un documento que tiene como objetivo el de nombrar como apoderado a una persona o un banco. El certificado va dirigido a los pensionados o jubilados que, por algún motivo o causa física, no puedan dirigirse a la Anses a realizar trámites o al banco para cobrar haberes.



El formulario se consigue en la página oficial de la Anses. Desde ella, se descarga y rellena. El proceso es muy sencillo. Consta de simples pasos para completarlo y tramitar el poder.

¿Quién puede ser un apoderado?

El apoderado varía dependiendo de para qué sea el poder. Existen algunos designados para realizar trámites y otros para los cobros de pensiones. Sin importar a quién se designe, esta persona debe ser mayor de 18 años y estar registrado ante el sistema de identificación biométrica (Mi Huella) Aquí vamos a explicarte quiénes son:

Apoderados para trámites

Para tramitar la jubilación, pensión, pedir turnos en la Anses o realizar cualquier proceso a nombre del interesado, el apoderado puede ser:
•Familia: cónyuge, padres, hijos, abuelos, bisabuelos, nietos, tíos, bisnietos, primos, hermanos, nueras o yernos, sobrinos, suegros, hijastros y cuñados.
•Curadores o tutores.
•Abogados y gestores que estén registrados ante la Anses.
•Representantes diplomáticos y consulares.

Apoderado para cobros

Para el cobro de pensiones, jubilación y demás, el apoderad puede ser:
•Familiar o no.
•Banco en caso de que el interesado viva en el exterior. En este caso, el banco a seleccionar debe tener “giro al exterior”.
•Entidades públicas nacionales, regionales y municipales.
•Las personas internadas en hospitales pueden escoger a los directores o administradores de dicho centro médico.
•Un ciudadano temporal cuando no posea la posibilidad de movilizarse.
•Mutuales e instancias de asistencia social.
•Abogados y procuradores certificados ante escribano.

¿Cómo rellenar el formulario?

Rellenar el Formulario PS. 6.4 es muy sencillo. Para ello, tan solo debes descargar el documento en formato PDF. Este certificado se encuentra en la sede electrónica de la Anses. Podés buscarlo cuando desees, también puedes presionar sobre este enlace, podés descargarlo.

El formulario posee una página que debe completarse de la siguiente forma.

Datos sobre titular

La primera sección compone distintas casillas que deben rellenarse con datos personales. Entre ellos, el número de Cuil o Cuit, código de área, nombres, apellidos, sexo, nacionalidad, localidad, provincia y dirección en general.

Datos sobre el apoderado

La segunda sección está compuesta por la información personal de la persona que asumirá el poder. Se debe definir el tipo de trámite, nombres, apellidos, número de Cuil, sexo, nacionalidad y dirección en general.

Para finalizar el documento, ambas personas deben firmar el formulario en la parte inferior. Así como la fecha y lugar. El resto de los apartados inferiores, deben firmarlo las autoridades y demás entidades relacionadas al trámite.

¿Qué documentos se requieren para nombrar un apoderado?

Según sea el apoderado, para realizar el trámite debe reunir los siguientes documentos:
•Cónyuge: original y copia acta de matrimonio.
•Otro familiar: documento donde se compruebe el parentesco. Entre ellos, DNI, partidas de nacimiento u otros.
•Entidad bancaria: Formulario PS 6.4 firmada y sellada por la banca.
•Tutor: sentencia judicial donde se indique que funge como representante legal en original y copia.
•Curador: sentencia judicial donde se explique que es curador en su versión original y copia.
•Abogado: Credencial vigente, carta poder, Formulario PS 6.300, Formulario PS 6.304

¿Cómo tramitar el poder?

Para realizar este proceso, tan solo requieres acceso a Internet y seguir estos siguientes pasos:
1.El apoderado debe registrar la huella en el sistema biométrico. Esto puede hacerse en la sede de la Anses tomando un turno previamente.
2.Reunir todos los documentos que corresponden al apodera. Adicional al DNI del titular y del apoderado en original y copia, el Formulario PS 6.4 Carta Poder.
3.Sacar turno ante la Anses.
4.Asistir a la cita y procesar el trámite.
 #1258156  por lucky
 
Para otorgar PODER PARA PERCIBIR lo único que te piden es el DNI de ambos y el formulario en el cual certificarán ambas firmas. No piden certificado de nacimiento.
 #1258174  por MARIO1943
 
CUALQUIERA PERSONA PUEDE DESIGNAR PARA COBRAR SU JUBILACION, NO HACE FALTA SER PARIENTE, DURA 12 MESES, EN CAMBIO SI SOS FAMILIAR DIRECTO , NO HACE FALTA RENOVARLO, ES PARA SIEMPRE HASTA SU FALLECIMIENTO, ESA ES LA DIFERENCIA, POR LO TANTO TENES QUE ACREDITAR EL PARENTESCO, PARA NO TEBER QUE IR AL BANCO CADA 12 MESES