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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1259648  por mariana2020
 
Buen día.
Podrán informarme cómo hacer para que una persona me otorgue poder en la oficina de poderes de la Cámara de Seguridad Social? Envíe mail a "consultas" de la Cámara y no me contestaron. Me fije en la página para ingresar poderes y parece como siempre los pasos para completar los datos nada más pero no indica sobre cómo efectivamente firmaría el cliente.

Gracias.
 #1259655  por lucky
 
Teóricamente hay que pedir turno a este mail según la Resolución 32, anexo I, punto d

cfsegsoc.mge.consultasac14arrobapjn.gov ar

Tengo que pedir turno entre esta semana y la que viene. Veremos si funciona.
Son turnos muy limitados.
 #1259872  por lucky
 
¿Te dieron turno para firmar el Poder?
Ayer mandé mail pidiendo uno y ni me contestaron.
 #1259909  por drany
 
Hola a todos. Les comento por si les sirve. Generé las minutas de acta poder y envié mail al correo indicado por Lucky indicando el Nª del poder. Me contestaron enseguida. Los turnos te los dan para dentro de diez días más o menos. Suerte a todos!
 #1259911  por lucky
 
Gracias, drany! Entonces mi error fue no haber puesto el número del talón de Poder (solamente puse datos de la persona).
Voy a probar de nuevo.
Gracias!!!
 #1259971  por drany
 
De nada Lucky. Ante este panorama tan incierto, nos tenemos que ayudar. Me sigue carcomiendo la duda de como contar los 120 días hábiles. Un saludo
 #1259975  por lucky
 
Era por el plazo de 120 días durante la cuarentena, no?
Sigo pensando que están suspendidos. Esta semana se volvió a prorrogar la suspensión hasta el 20/9.
Algunos organismos han dictado excepciones a esa suspensión pero solo para temas puntuales.
Anses, por lo que sé, no sacó ninguna resolución en ese sentido.
Pero por otra parte esta suspensión no puede atentar contra derechos de naturaleza alimentaria retrasando la posibilidad de cobro a gente muy grande que no tiene tiempo de esperar. Ya esperaron demasiado durante el juicio.
La forma de sacarte la duda es iniciando una ejecución y, por las dudas, pidiendo la inconstitucionalidad de todos estos decretos que suspendieron los plazos.
No sé cómo pueden resolver los juzgados. Estamos en tiempos en que, con esto del expte electrónico, todo es más impredecible. Estoy viendo que resuelven temas de forma insólita.
 #1259978  por drany
 
Es cierto Lucki. Te cuento Juzgado 1: Liquidación aprobada. Pido embargo señalando la inoficiosidad de las sucesivas intimaciones que este juzgado cursa (ya estaba intimado en el auto aprobatorio de la liquidación), con más el gravámen que experimenta mi representada derivado de la feria extraordinaria y el congelamiento de la movilidad jubilatoria.
Resultado: No solo me mandan a intimar nuevamente a ANSES ,además ordenan oficio DEOX a la Gerencia de Liquidación de Sentencias. Esta dependencia no figura entre las opciones habilitadas para recibir DEOX. Nada presenté escrito señalando que la diligencia ordenada, no tiene NADA que ver con el proceso de ejecución de sentencias por lo que procede aplicar lisa y llanamente el art. 506 . Señalé el exceso ritual que esta medida entraña produciendo un injustificado dispendio de actividad jurisdiccional. Siempre sospeché que no leen los escritos. Ahora mi sospecha se convirtió en certeza. En fin, que Dios nos ampare y perdón por la catarsis
 #1259980  por astur
 
drany escribió: Vie, 04 Sep 2020, 22:05 Es cierto Lucki. Te cuento Juzgado 1: Liquidación aprobada. Pido embargo señalando la inoficiosidad de las sucesivas intimaciones que este juzgado cursa (ya estaba intimado en el auto aprobatorio de la liquidación), con más el gravámen que experimenta mi representada derivado de la feria extraordinaria y el congelamiento de la movilidad jubilatoria.
Resultado: No solo me mandan a intimar nuevamente a ANSES ,además ordenan oficio DEOX a la Gerencia de Liquidación de Sentencias. Esta dependencia no figura entre las opciones habilitadas para recibir DEOX. Nada presenté escrito señalando que la diligencia ordenada, no tiene NADA que ver con el proceso de ejecución de sentencias por lo que procede aplicar lisa y llanamente el art. 506 . Señalé el exceso ritual que esta medida entraña produciendo un injustificado dispendio de actividad jurisdiccional. Siempre sospeché que no leen los escritos. Ahora mi sospecha se convirtió en certeza. En fin, que Dios nos ampare y perdón por la catarsis
Drany, de la catasis, aprendemos.
Yo coincido con Lucky, los plazos estan suspendidos. (para contar los 120 dias)
Suerte
 #1260120  por mariana2020
 
Hola Lucky. Sí, me dieron turno para el 5/10. Tardaron dos días en contestarme. Espero que ya te hayan dado turno. Gracias.



lucky escribió: Jue, 03 Sep 2020, 16:54 ¿Te dieron turno para firmar el Poder?
Ayer mandé mail pidiendo uno y ni me contestaron.
 #1260126  por lucky
 
Todavía no me contestaron. Envié 2 mails, el segundo fue el viernes 4 con el número de talón de Poder que no había puesto en el primer mail (tal como indicó drany). Y nada por ahora.
Gracias por el dato. Esperaré un par de días más.