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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1259719  por seviis
 
Buenos días, Foro
Tengo una consulta...

Jubi 24.476 con cuota paga en 5/19, sale retenida en 3/20 porque aparece que el 27/10/19 trabajó SOLO EL DIA día de las elecciones para el correo argentino.
Reclamé el retro retenido por A.V.
Me informan que en 10/20 pagarán retroactivo desde 28/10/19 al 03/20
Mi lógica me dice que el haber participado un día en las elecciones no podría cortarme el retro.
Estoy buscando normativa, experiencias y opiniones
 #1259734  por MARIO1943
 
LAS VARIABLES DE AJUSTE SIEGUEN PERJUDICANDO A LOS JUBILADOS

Aumentos a jubilados: sería cada 6 meses y siguiendo la evolución de los salarios y la recaudación

31 de agosto de 2020

Aumentos a jubilados: sería cada 6 meses y siguiendo la evolución de los salarios y la recaudación



Aumentos a jubilados: sería cada 6 meses y siguiendo la evolución de los salarios y la recaudación

Aumentos a jubilados: sería cada 6 meses y siguiendo la evolución de los salarios y la recaudación


Así se desprende de un borrador que maneja el Gobierno para definir la nueva fórmula para la movilidad jubilatoria que enviará al Congreso de la Nación.

El gobierno de Alberto Fernández analiza por estas horas un borrador con la propuesta de la nueva fórmula para la movilidad jubilatoria que presentará en el Congreso de la Nación. La iniciativa prevé aumentos semestrales y a partir de una fórmula que combina la evolución de los salarios y de la recaudación tributaria.


Según consignó Clarín este lunes, la propuesta se basa en la fórmula que rigió entre 2009 y 2017 y que el gobierno de Mauricio Macri modificó generando un fuerte perjuicio para los jubilados.

Así se propone volver a los aumentos semestrales (en marzo y septiembre) combinando por mitades la variación de los salarios (RIPTE) y la recaudación tributaria con destino a la Seguridad Social por beneficiarios (sin moratoria). Ese índice tendría un límite dado por la variación de la Recaudación total del sistema previsional, por beneficiarios (sin moratoria).

A diferencia de la fórmula vigente hasta 2017, esta vez se incluiría una tercera variable. Si la inflación supera la variación de la Recaudación Total de la ANSeS (RT), se otorgaría una compensación equivalente a la mitad de la diferencia entre el índice RT y el índice de inflación (IPC). Y esa diferencia se aplicaría “en un 80% como suma variable, y en un 20% en suma fija, logrando realizar un factor distributivo en momentos de crisis”.

Según explicó el periodista Ismael Bermúdez, "el objetivo es que esta fórmula de movilidad sea aprobada por el Congreso para que el próximo aumento – de diciembre- ya se aplique la nueva movilidad, poniendo fin a los aumentos por decreto, el mecanismo que estaba previsto usar hasta fin de año".

Con esta nueva fórmula "los haberes previsionales mejorarían en los períodos de buena recaudación, salarios superiores a la inflación (como pasó entre 2009-2015) mientras caerían en los momentos de recesión, mayor inflación y pérdida salarial, como pasó durante 2016".

En el borrador del proyecto se reconoce esta pérdida en los momentos inflacionarios y recesivos, pero argumentan que “en momentos de crisis la caída del poder adquisitivo es menor por el factor compensación”

Durante el gobierno de Macri la fórmula se modificó con aumentos trimestrales según la variación de la inflación (70%) y RIPTE (30%) pero se aplicaba con un retraso de 6 meses y en el empalme de ambas formulas quedó afuera un período. El resultado fue una pérdida jubilatoria durante 2018 y 2019 del 19,5%.

Otros sectores del oficialismo plantean que la movilidad se aplique cada 3 meses y se base, alternativamente, en la evolución de la inflación ( IPC del INDEC) y el RIPTE, de ambos el más favorable a los jubilados, de manera de que no pierdan poder adquisitivo. Pero esa opción no tendría muchas chances de prosperar.

Estas variantes de movilidad no incluyen a las jubilaciones especiales, como docentes y docentes universitarios, que se jubilan con el 82% y se ajustan por la variación salarial del sector.
 #1259738  por seviis
 
MARIO1943 escribió: Mar, 01 Sep 2020, 13:40 NO SE ENTIENDE????????? QUE TIENE QUE VER EL RETRO CON UN DIA QUE TRABAJO EN EL CORREO
Gracias por contestar, Doc.
Entiendo que lo interpretan como empleo público, entonces le toman el cese desde ese día.
En la sábana de mi anses figura como empleador CORREO ARGENTINO y un salario de $1200

Entonces le cortan el retro del pago de la cuota del 5-19 al 10-19 que es donde le ponen el cese.

Voy a pelear ese retro, porque 1) no supera el ingreso mínimo 2) trabajó solo un dia y por tema electoral.