Hola colegas, como están? espero que bien. Es mi primer caso de Servicio Domestico. Les consulto: Señora que cuida una Señora mayor y hace tareas generales en la casa (limpieza, comida, etc) SIN retiro. La Sra mayor fallece y la hija le dice que se retire del domicilio ya que la madre falleció. Como debe proceder? En el recibo que revise dice sin retiro (después dice mas de 16 hs esto no lo encontré en el convenio) el sueldo es $ 22.000 y el convenio dice $22.039,50, entiendo que es la categoría 4 (cuidado de persona mayor). Me dijo que no le dieron vacaciones, que trabajo los feriados y que durante un par de meses su recibo decía con retiro. Esta registrada como empleadora la hija de esta señora mayor. Alguien me podrá orientar como debería encarar el tema? estoy leyendo la ley y demás....Gracias!!!
Lan escribió: ↑Lun, 07 Sep 2020, 14:08 La Sra mayor fallece y la hija le dice que se retire del domicilio ya que la madre falleció. Como debe proceder? En elIntimar aclarar relación laboral en virtud de las circunstancias mencionadas, todo por ley 26.844, que sea el empleador quien te mencione que va a prescindir de sus servicios, seguramente por articulo 46, inc. f
Lan escribió: ↑Lun, 07 Sep 2020, 14:08 En el recibo que revise dice sin retiro (después dice mas de 16 hs esto no lo encontré en el convenio)La manera de computar las horas la tenes en la misma ley mencionada anteriormente, lo que te va a permitir determinar si es con retiro o sin el mismo, las escalas salariales donde menciona ambas modalidades están en la pagina del gremio, que se encuentra en el siguiente enlace:
https://www.upacp.org.ar/?page_id=1329
Lan escribió: ↑Lun, 07 Sep 2020, 14:08 Me dijo que no le dieron vacaciones, que trabajo los feriadosCualquier diferencia salarial que exista aprovecha a solicitarla en la misma misiva, bajo apercibimientos de la misma ley.
Lan escribió: ↑Lun, 07 Sep 2020, 14:08 que durante un par de meses su recibo decía con retiro.También podes solicitar las diferencias salariales que esto haya ocasionado, si es que las hubo.
Lan escribió: ↑Lun, 07 Sep 2020, 14:08 Esta registrada como empleadora la hija de esta señora mayor.Entonces ella es la destinataria de las intimaciones. no obstante podes sumar a otros empleadores, en caso de que los haya, por mas que no estuvieran registrados debidamente.