Buenos dias colegas.
queria hacer una consulta a ver si me pueden ayudar. Estoy realizando la contestacion de un traslado de un pedido de caducidad solicitado por la demandada en un amparo de salud. (Hechos ajenos a la actora, alegando art 313 inc 3)
Mi duda es la siguiente aunque es una pregunta tonta pero no quiero equivocarme en lo mas minimo:
si bien la demandada expreso agravios y yo estoy fundamentando la improcedencia de la caducidad, ahora es el momento de contestar dichos agravios o espero que se resuelva y despues de notificada lo hago,
que me recomiendan hacer? yo pense en hacerlo ahora asi "me ahorraba" por decirlo asi tener que hacerlo despues.
Espero sus respuestas
MAS TARDE QUIERO SUBIR MI CONTESTACION PARA PODER AYUDAR A ALGUN COLEGA QUE LO PUEDA NECESITAR
Gracias
queria hacer una consulta a ver si me pueden ayudar. Estoy realizando la contestacion de un traslado de un pedido de caducidad solicitado por la demandada en un amparo de salud. (Hechos ajenos a la actora, alegando art 313 inc 3)
Mi duda es la siguiente aunque es una pregunta tonta pero no quiero equivocarme en lo mas minimo:
si bien la demandada expreso agravios y yo estoy fundamentando la improcedencia de la caducidad, ahora es el momento de contestar dichos agravios o espero que se resuelva y despues de notificada lo hago,
que me recomiendan hacer? yo pense en hacerlo ahora asi "me ahorraba" por decirlo asi tener que hacerlo despues.
Espero sus respuestas
MAS TARDE QUIERO SUBIR MI CONTESTACION PARA PODER AYUDAR A ALGUN COLEGA QUE LO PUEDA NECESITAR
Gracias