Hola colegas, buenas!
Necesito me puedan orientar en el siguiente caso: fallece el Encargado de edificio. Desde su ingreso (hace mas de 14 años), convive en la Portería con su conviviente. Ella se presenta al cobro de la indemnización articulo 248 LCT -solo se presenta. No hay intercambio telegráfico-, pero varios vecinos aseguran que el fallecido les habría comentado en vida que hace muchos años estuvo casado ....
Ante la incertidumbre aconsejo al Consorcio consignar judicialmente (pues quien paga mal...) El Consorcio no conoce minimamente quién podría ser la ex esposa, si tiene o no descendencia con la misma, etc, etc.
La duda se me plantea ya que en la demanda por consignación debo justamente "demandar" a alguien. Lo hago contra la concubina y expreso esta incertidumbre fundada en el art. 904 inc b) del nuevo Código Civil? "existe incertidumbre sobre la persona del acreedor"
Me podrían orientar sobre el mejor proceder?
Desde ya muchas gracias y quedo atenta a la respuesta
Necesito me puedan orientar en el siguiente caso: fallece el Encargado de edificio. Desde su ingreso (hace mas de 14 años), convive en la Portería con su conviviente. Ella se presenta al cobro de la indemnización articulo 248 LCT -solo se presenta. No hay intercambio telegráfico-, pero varios vecinos aseguran que el fallecido les habría comentado en vida que hace muchos años estuvo casado ....
Ante la incertidumbre aconsejo al Consorcio consignar judicialmente (pues quien paga mal...) El Consorcio no conoce minimamente quién podría ser la ex esposa, si tiene o no descendencia con la misma, etc, etc.
La duda se me plantea ya que en la demanda por consignación debo justamente "demandar" a alguien. Lo hago contra la concubina y expreso esta incertidumbre fundada en el art. 904 inc b) del nuevo Código Civil? "existe incertidumbre sobre la persona del acreedor"
Me podrían orientar sobre el mejor proceder?
Desde ya muchas gracias y quedo atenta a la respuesta