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  • APLICACIÓN NUEVA MORATORIA Y 24476

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1260719  por MARIANAFLAVIAVILA
 
Buen día a todos, tengo un cliente de 67 años, que esta inscripto como autónomo desde 1998 al 2008, actualmente relación de dependencia. No me alcanza solo con los años de autónomo (que en su mayoría están impagos) y la relación de dependencia, para jubilarlo.
Mi idea era cancelar la deuda que tiene como autónomo entre el 98 y el 2008, con la nueva moratoria afip ( ley 27562) y luego comprar lo faltante por la 24476, pero como no estoy segura de que vaya a prosperar la utilización de los dos regímenes, no quisiera hacerle pagar algo que después no pueda utilizar. Si alguien pudiera orientarme u opinar al respecto, estaría muy agradecida.
 #1260721  por MARIO1943
 
MARIANAFLAVIAVILA escribió: Jue, 17 Sep 2020, 12:08 Buen día a todos, tengo un cliente de 67 años, que esta inscripto como autónomo desde 1998 al 2008, actualmente relación de dependencia. No me alcanza solo con los años de autónomo (que en su mayoría están impagos) y la relación de dependencia, para jubilarlo.
Mi idea era cancelar la deuda que tiene como autónomo entre el 98 y el 2008, con la nueva moratoria afip ( ley 27562) y luego comprar lo faltante por la 24476, pero como no estoy segura de que vaya a prosperar la utilización de los dos regímenes, no quisiera hacerle pagar algo que después no pueda utilizar. Si alguien pudiera orientarme u opinar al respecto, estaría muy agradecida.
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NO PODES HACER MORATORIA DEL 98 AL 2008, POR QUE LA MISMA ES SOLAMENTE PARA MUJERES Y SI SE PUDIERA , NO HACE FALTA USAR DOS MORATORIA, YA QUE CON AL 26970 LA PODES HACER DESDE LOS 18 ANOS, TE DIGO ESTO PARA QUE LO TENGAS EN CUENTA EN CASO DE UNA MUJER
 #1260729  por MARIANAFLAVIAVILA
 
HOLA MARIO1943, lo que yo queria hacer es regularizar el pago de esos años de autonomo del 98 al 2008, con la nueva ley 27562, que es para regularizar aportes previsionales que se adeudan si no entendí mal. En ese periodo no aplicaria la moratoria 24476 porque solo llega a 9/93, por eso y desde sus 18 años hasta 9/93 si aplicar 24476.
tal vez no me exprese correctamente, cuando hable de nueva moratoria, es la que salio por ley 27562, reglamentada por afip por resolucion RG 4816/20, no me referia a la 26970 que como bien decis es para mujeres...
Que opinas?
 #1260740  por DiegoChaco
 
Hola, yo tengo 2 casos donde utilice la moratoria Ley 27.562 para pagar algunos aportes automonos que necesitan para poder jubilarse por la 24.476. Ambos casos los hice con el plan de contado, ya que tiene mas quitas y beneficios, y se pierde menos tiempo. Demoraron 1 mes en aparecer como plan cancelado. Lo raro es que en el SICAM siguen figurando con deuda los periodos cancelados por la 27.562, pero en el CCMA de Afip esos periodos figuran cancelados (deuda cero). Hice el reclamo en Afip, y me respondieron que me van a extender una constancia de la deuda regularizada con la moratoria 27562 para ser presentada en Anses. Estoy a la espera de esa dichosa constancia.
Sds
Diego
 #1260741  por MARIANAFLAVIAVILA
 
Hola DiegoChaco, gracias por compartir, ya que estaría aplicando la misma lógica que vos. Abonar con la 27562, lo que no puedo comprar por 24476, porque la nueva ley la aplicaría a periodos posteriores al 9/93.- Que es lo que vos hiciste no?, y lo anterior a 9/93, lo compro con 24476.-
 #1261356  por DiegoChaco
 
Hola, les cuento que gracias a la bendita Circular 42/20 que salió el 28/09 pude continuar el tramite jubilatorio de los 2 casos. Porque hasta su publicación, Anses Virtual me los habían denegado rotundamente.
Así que una buena.
Sds
Diego
 #1261363  por lucky
 
Diego, vi que pusiste que los pagos no impactaron en el SICAM, entonces ¿la AFIP te dio la constancia de cancelación de la moratoria 27562 para presentar en ANSES?
 #1261377  por DiegoChaco
 
Correcto Lucky, la AFIP me extendió constancia de cancelación de la moratoria 27562 para presentar en ANSES, eso fue la semana pasada, pero ni así en Anses me aceptaron el tramite.
Recien ayer, invocando la Circular 42/20 vigente, me dieron ingreso a ambos tramites.
Sds
Diego
 #1261380  por Mer1984
 
Hola Diego, sumo una consulta para terminar de entender, en el detalle de deuda, los períodos cancelados por la moratoria 27562 seguían figurando impagos? Por ese motivo te pidieron la constancia de cancelación? O aun cuando figuren pagos, hay que tramitar la constancia? Gracias.
 #1261391  por DiegoChaco
 
Mer1984, en el detalle de deuda del SICAM, los períodos cancelados por la moratoria 27562 seguían figurando con deuda, no la deuda original, pero sí un saldo de deuda. Por eso hay que solicitar a Afip la Constancia de cancelación.
Sds
 #1261561  por 2346
 
Buenos dias, en relación a la moratoria ley 27562 que vence el 31 de octubre, algun colega sabe si regularizo todos los servicios de autnomo que necesita un cliente para jubilarse por esta nueva ley, cancela en efectivo la deuda, y luego presento el tramite ante el anses pidiendo la jubilación. Debera pasar por el socioecomico? Gracias.-