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  • JUBILACION MAS DE 30 AÑOS DE APORTES - NO ME FIGURAN DOS AÑOS

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1263670  por Lan
 
Hola colegas, son los primeros tramites que hago. Si una persona tiene mas de 30 años de aportes pero hay dos años que están aportados (tiene certificación de servicios) pero no surge en la sabana de Anses, conviene incorporarlos? sin ellos también llega a los 30 años (los 2 años faltantes son de los años 90). Gracias a todos!!!!!
 #1263680  por lucky
 
Si llega a los 30 años sin esos 2 , presentalo así. Con eso le alcanza.
Igualmente, al no figurar los aporte en Anses, si presentás esos 2 años va a ir a verificación (tendrías que acompañar la CSR y los recibos que demuestren que le hicieron los descuentos por aportes).
 #1263704  por MARIO1943
 
SI, LE PERJUDICA, SI TENES CERT DE SERV , RECIBOS DE SUELDOS, AGREGALO, TOTAL POR MAS QUE VAYA A VERIFICACION , EL PROBLEMA SERIA SI PRETENDES PEDIR RECONOCIMIENTOS DE ESOS DOS ANOS Y DESPUES INICIAR LA JUBILACION
la PC+PAP de un trabajador que se jubila con:
•30 años de aportes será el 45% del sueldo bruto promedio de los últimos 10 años.
•31 años de aportes, será el 46,5%.
•32 años de aportes, será el 48%. (ESTARIA PERDIENDO EL 1,5% POR CADA ANO DE SERVICIO)

•33 años de aportes, será el 49,5%.
•34 años de aportes, será el 51%.
•35 años de aportes, será el 52,5%
 #1263716  por Pachita
 
MARIO1943 escribió: Mar, 10 Nov 2020, 06:38 SI, LE PERJUDICA, SI TENES CERT DE SERV , RECIBOS DE SUELDOS, AGREGALO, TOTAL POR MAS QUE VAYA A VERIFICACION , EL PROBLEMA SERIA SI PRETENDES PEDIR RECONOCIMIENTOS DE ESOS DOS ANOS Y DESPUES INICIAR LA JUBILACION
la PC+PAP de un trabajador que se jubila con:
•30 años de aportes será el 45% del sueldo bruto promedio de los últimos 10 años.
•31 años de aportes, será el 46,5%.
•32 años de aportes, será el 48%. (ESTARIA PERDIENDO EL 1,5% POR CADA ANO DE SERVICIO)

•33 años de aportes, será el 49,5%.
•34 años de aportes, será el 51%.
•35 años de aportes, será el 52,5%
Buenos dias Mario te consulto si tiene mas de 35 años el porcentaje es mayor? Puntualmente se trata de una persona con 37 años de aportes. Gracias!
 #1263719  por lucky
 
Para el cálculo de la PC y de la PAP el límite máximo es de 35 años. ANSES te calcula hasta ahí.
Si querés computar más años sobre ese límite tenés que iniciar un juicio pidiendo la inconstitucionalidad del art. 24 ley 24241.
En cuanto a la PBU en el 2009 se derogó el plus por cada año que exceda los 30 años pasando a ser una suma fija.
 #1263734  por Lan
 
Ay chicos, me confundo entonces conviene que agregue los 2 años faltantes o no? sin esos tiene 32 años y algo. Y otra cosa, si fuera porque es mejor agregarlos....es con el tramite mismo de la jubilación o antes? No me demora mucho todo? Gracias a todos!
 #1263735  por hernanlawyer
 
Lan escribió: Mar, 10 Nov 2020, 14:08 Ay chicos, me confundo entonces conviene que agregue los 2 años faltantes o no? sin esos tiene 32 años y algo. Y otra cosa, si fuera porque es mejor agregarlos....es con el tramite mismo de la jubilación o antes? No me demora mucho todo? Gracias a todos!
Tenés certif de Servicio, usalos..... yo los usaría.
 #1263736  por lucky
 
Si querés hacerlo más "rápido" (entre comillas porque hoy en día es todo relativo) metelo sin esos 2 años porque igual llega a los 30 años.

Si querés que el haber sea un poco más alto, en caso de que tomen esos 2 años que no figuran en el SIPA y que para mi van a verificación, agregá esos 2 años acompañando la CSR y recibos de sueldo. En este caso es probable que demore más.

Te di mi opinión delo que yo haría, pero no es la única forma.
 #1263740  por MARIO1943
 
Pachita escribió: Mar, 10 Nov 2020, 10:42
MARIO1943 escribió: Mar, 10 Nov 2020, 06:38 SI, LE PERJUDICA, SI TENES CERT DE SERV , RECIBOS DE SUELDOS, AGREGALO, TOTAL POR MAS QUE VAYA A VERIFICACION , EL PROBLEMA SERIA SI PRETENDES PEDIR RECONOCIMIENTOS DE ESOS DOS ANOS Y DESPUES INICIAR LA JUBILACION
la PC+PAP de un trabajador que se jubila con:
•30 años de aportes será el 45% del sueldo bruto promedio de los últimos 10 años.
•31 años de aportes, será el 46,5%.
•32 años de aportes, será el 48%. (ESTARIA PERDIENDO EL 1,5% POR CADA ANO DE SERVICIO)

•33 años de aportes, será el 49,5%.
•34 años de aportes, será el 51%.
•35 años de aportes, será el 52,5%
Buenos dias Mario te consulto si tiene mas de 35 años el porcentaje es mayor? Puntualmente se trata de una persona con 37 años de aportes. Gracias!
DOS COSAS
PC , SI EXCEDE LOS 35 ANOS
Esta se calcula multiplicando el 1.5% del sueldo bruto promedio de los últimos 10 años (120 meses), sin contar los aguinaldos, e inmediatamente anteriores al cese de actividad, por la cantidad de años de aportes (máximo 35 años) anteriores al 30/06/1994. Si el período computado excediera de treinta y cinco años, se considerarán los treinta y cinco años más favorables.
PAP (NO HAY LIMITE)
Se calcula igual que la PC pero con los años de aportes posteriores al 01/07/1994 y por ahora no hay un tope máximo para esta prestación
 #1263741  por MARIO1943
 
Lan escribió: Mar, 10 Nov 2020, 10:11 Ah ok Mario, y vos decís que no pida Reconocimiento. Entonces como lo haría? en el mismo tramite de jubilación? no me demora mucho el tramite? Gracias!
ASI ES, CUANDO INICIAS EL TRAMITE JUBILATORIO, CUAL ES EL PROBLEMA SI DEMORA., LO IMPORTANTE QUE NO PIERDA RETROACTIVO, CON EL BENEFICIO DE PODER INCREMENTAR SU HABER JUBILATORIO
POR OTRO LADO , NO HAY QUE BUSCAR LA COMODIDAD DE UNO L, SI NO CUIDAR EL BOLSILLO DEL JUBILADO, ES FACIL DECIDIR CON LA PLATA DEL JUBILADO, CON TAL QUE SALGA MAS RAPIDO, EN TODO CASO
COMO ULTIMA, EL QUE DEBE DECIDIR ES EL JUBILADO NO EL PROFESIONAL, PERO TENES EN CUENTA QUE EL BENEFICIO EN MAS QUE LE SUMA A LA JUBILACION , EL JUBILADO LO COBRA PARA TODA LA VIDA
TE HAGO UN EJEMPLO, HOY EN DIA UNA JUBILACION CON 30 ANOS DE APORTE, EN RR.DD. PUEDE LLEGAR A PERCIBIR POR
PC $ 26.400 POR 30 ANOS, POR 32 ANOS LA PC SERIA $ 28.200
POR
PAP $ 2700 POR 30 ANOS, POR 32 ANOS EL PAP SERIA $ 2900
EL AUMENTO DE ESOS DOS ANOS EQUIVALEN A PROX A $ 2000
YO CREO QUE NO HAY QUE PENSARLO , PARA EL JUBILADO ES PLATA, SE PUEDE PERDER ESA PLATA POR NO ESPERAR Y EN PERJUICIO DEL JUBILADO?

POR OTRO LADO HAY QUE ACLARAR QUE ESTO SE DA EN RR.DD, NO EN AUTONOMO, YA QUE VA A CAER EN LA MINIMA
 #1263761  por MARIO1943
 
Lan escribió: Mar, 10 Nov 2020, 21:14 La ultima duda: Meto esos dos años en el tramite de la jubilación? ahí mismo? y tengo que aclarar algo en el formulario?
Muchas gracias a todos!
EN EL FORMULARIO PS 6.18 , INICIO PRESTACIONES PREVISIONALES, AL DORSO EN LA PARTE DONDE PONES
EN ORDEN CRONOLOGICO LAS EMPRESAS DESDE ..... HASTA...., HACES UN CORTE EN EL FALTANTE, POR EJEMPLO SUPONGAMOS QUE SON LOS ANOS 90 Y 91, COLOCAS EMPRESA XXXXXX, PERIODO DESDE 01/01/1990
HASTA 31/12/1991, SACAS UNA LLAMADA (1) Y EN OBSERVACIONES COLOCA (1), SOLICITO SE APLIQUE LA PROBATORIA 524/08 Y 617/2015, LA QUE MAS BENEFICIE ( SI TENES DOCUMENTACION), PARA TAL EFECTO ADJUNTO CERTIFICACIONES DE SERVISIOS Y RECIBOS DE SUELDOS