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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #500383  por Gramy
 
Hola a todos!
Es el caso de trabajador de la construccion en negro durante 8 años,( septiembre 2002 hasta junio 2009) ayudante que el empleador le dijo que volveria a llamarlo y nunca sucedio. Ya redacte el TLC , necesito q lo revisen es la primera vez q hago uno asi: se los transcribo:
Ante negativa de tareas, INTIMOLE plazo 48 hs. aclare mi situación laboral, como así también abone salarios correspondientes a los meses de mayo y junio de 2009, sueldo anual complementario 2003, 2004,2005,2006,2007,2008 y 2009, diferencias salariales conforme al CCT 76/75. Asimismo, proceda a regularizar mi situación laboral inscribiendo en los registros y en los organismos respectivos, conforme mi real fecha de ingreso el día 1° septiembre de 2002, categoría "ayudante", prestando servicios de lunes a sábado de 08:00 hs. a 14:00 hs, percibiendo una remuneración de $240 semanales.-. En tal sentido INTIMOLE plazo 48 hs. manifieste de modo fehaciente su voluntad de registrar mi relación laboral conforme datos denunciados. Intimo a su vez plazo 48hs inicie los tramites para la obtención de la libreta de aportes ante el Registro Nacional de la industria de la Construcción, atento exigencia del art. 13 de la ley 22.250. Debiendo además integrar los aportes devengados correspondientes al fondo de cese laboral acorde al art 15 de la normativa referida.
Asimismo, acredite depósito fondo de desempleo, haga entrega de recibos de haberes, se acrediten aportes y contribuciones a la seguridad social. Todo ello bajo apercibimiento de considerarme gravemente injuriado y despedido por su exclusiva culpa. En caso de no obtener respuesta satisfactoria a mi reclamo, hago reserva de formular las correspondientes denuncias el Ministerio de Trabajo e iniciar las acciones legales que por derecho tuviere lugar. Se dará cumplimiento al art. 47 de la ley 25.345. QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO".-


Cualquier ayuda, sera bien recibida.
Gramy
 #1263738  por abogada86
 
Hola tenemos un caso similiar. Queria consultarte dado que ha pasado el tiempo de tu consulta si estaba bien el telegrama como para tener una nocion y como te fue en las etapas siguientes. Somos abogados iniciando asi que apreciamos cualquier tip a tener en cuenta de otros colegas. Desde ya muchas gracias!
 #1263800  por ZAMAKUKO
 
abogada86 escribió: Mar, 10 Nov 2020, 16:05 Hola tenemos un caso similiar. Queria consultarte dado que ha pasado el tiempo de tu consulta si estaba bien el telegrama como para tener una nocion y como te fue en las etapas siguientes. Somos abogados iniciando asi que apreciamos cualquier tip a tener en cuenta de otros colegas. Desde ya muchas gracias!
En mi opinión no, solo parcialmente y falta lo mas importante, si es un trabajo completamente sin registrar leé la ley 24.013 art. 8, 11 y 15, busco modelos en la web, que hay varios, no olvides de darle 30 días de plazo para regularizar y cuando mandas la primer intimación envía copia a AFIP.
 #1263823  por abogada86
 
Hola! Gracias por responder. Entiendo que el Sr. esta registrado dado que nos trajo todos sus recibos. Lo que al mismo tiempo me hace dudar es la existencia de la famosa libreta de aportes que no tendria?, es posible eso?, estamos estudiando bien el caso y nos surgen dudas, cualquier colaboracion desde ya se super agradece, saludos!
 #1263838  por ZAMAKUKO
 
abogada86 escribió: Mié, 11 Nov 2020, 19:27 Hola! Gracias por responder. Entiendo que el Sr. esta registrado dado que nos trajo todos sus recibos. Lo que al mismo tiempo me hace dudar es la existencia de la famosa libreta de aportes que no tendria?, es posible eso?, estamos estudiando bien el caso y nos surgen dudas, cualquier colaboracion desde ya se super agradece, saludos!
Ya no se utiliza mas el formato papel, les dan una tarjeta magnética, similar a una de crédito o debito, ¿ese es el único inconveniente por el cual intimaría? De ser así que antes le pida otras al empleador, ya que la imprimen por triplicado.