Buenas, gente. Recién iniciado como profesional ya tuvimos varios reveses de clientes que nos revocan estando muy próxima la sentencia (inclusive hasta con sentencia y todo), por lo que resolvimos celebrar pactos de cuota litis en la mayoría de nuestras causas. Lo que nos detiene es el elevado costo de hacerlo mediante escribano (tenemos muchas causas, y la gran mayoría no son por sumas que justifiquen todo ese gasto, o bien muchas veces no disponemos de ese dinero) por lo que me surge la duda si es posible validar un pacto mediante Juzgado de Paz.,
¿PORQUE "Juzgado de Paz"?
¿LOCALIDAD?
¿PORQUE "hacerlo mediante escribano"?