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  • CITACION A AUDIENCIA DE CONCILIACION LABORAL OBLIGATORIA

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 #1264230  por taty2008
 
Estimados,
a mi cliente le llegó la notificación dos días antes de la audiencia de conciliación laboral, y no pudo asistir.

Con cuánta anticipación tendrían que haberlo notificado? en las mediaciones son tres días, pero en laboral (seclo capital)?

No encuentro normativa al respecto que me diga el plazo.

Gracias.
 #1264334  por ClaudioFer
 
Recordá que, de acuerdo al art. 20 de la ley 24.635, que regula la conciliación laboral en CABA (y reformó también la LO 18.345), al procedimiento de conciliación se le aplican las normas de la mediación en todo lo no previsto y en la medida de su compatibilidad. Así que entiendo que, siendo que no está previsto ese punto que señalás en la ley de conciliación laboral, hay que estar a lo que dispone el art. 24 de la ley 26.589 de mediación y conciliación.
Art. 20 ley 24.635. “En forma supletoria y en la medida en que resulten compatibles, al procedimiento de conciliación regulado por la presente ley le serán aplicables la ley general de mediación y conciliación, el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y la ley 18.345”.
 #1264465  por taty2008
 
Pensé lo mismo Claudio Fer, Gracias.

Dra. Alonso, s, al empleador, el tema es que se presentó la sociedad a la audiencia y se cerró sin acuerdo, pero no concurrió el socio que fue citado con dos días de anticipación y quería saber en caso de una multa si tenía justificada la ausencia.
Gracias, sldos a ambos.