Por mi parte te pido disculpas, Raquel, no tuve la intención de atacarte. La consulta indujo a mucha confusión del modo en que fue redactada y generó opiniones encontradas cuando no debió ser así si la misma hubiese sido más precisa. De todas maneras, tampoco tengo claro aún si a esto de la caducidad de la instancia de mediación se estaba refiriendo el consultante, Mötley Crüe, o si realmente lo era respecto de la prescripción y la suspensión de su curso por mediación (por eso primero apunté a una y después a la otra). Lo que sugeriría que se refirió a lo de la caducidad es que pregunta si el plazo es de seis meses o de un año para interponer la demanda una vez concluida aquella (sin que le declaren caduca la mediación y deba volver a transitarla, esto lo agrego yo), pero por otro lado en el título habla de plazo de prescripción y mediación, lo que conlleva a tener que pensar en la suspensión de su curso por ese motivo, el momento de su reanudación y el plazo remanente para accionar. Solo él sabe qué quiso preguntar y debería aclararlo. Igual ahora, si lo ve, por lo menos ya tiene el panorama completo de todas las posibilidades que se le pueden presentar en uno u otro caso como consecuencia de este debate. Las respuestas que le dimos estuvieron todas correctas, solo que cada uno interpretó de modo diferente la pregunta (cada uno se enfocó en un aspecto al cual entendió que quiso referirse el consultante y respondió acertadamente). En conclusión, la culpa la tiene Mötley Crüe (la banda de rock también) por generar tanto quilombo (mentira, todo bien con él).
Gracias, Legalescom, por tus palabras.
Saludos a todos.
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