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  • Desalojo Pcia de Bs As

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 #1264641  por msal
 
Buenas tardes, Quería consultar si la apelación interpuesta contra la sentencia que dispone el desalojo es suspensiva o devolutiva. Es decir si apelando puedo posponer el efectivo desahucio que dispone la sentencia a partir de los cinco días de notificada la misma. Gcias
 #1264643  por abogado_1987
 
msal escribió: Jue, 26 Nov 2020, 19:46 Buenas tardes, Quería consultar si la apelación interpuesta contra la sentencia que dispone el desalojo es suspensiva o devolutiva. Es decir si apelando puedo posponer el efectivo desahucio que dispone la sentencia a partir de los cinco días de notificada la misma. Gcias
Hola, entiendo que

ARTÍCULO 243°: Formas y efectos. El recurso de apelación será concedido libremente o en relación; y en uno u otro caso, en efecto suspensivo o devolutivo.
El recurso contra la sentencia definitiva en el juicio ordinario y en el sumario, será concedido libremente. En los demás casos, sólo en relación.
Procederá siempre en efecto suspensivo, a menos que la ley disponga que lo sea en el devolutivo.
Los recursos concedidos en relación, lo serán, asimismo, en efecto diferido, cuando la ley así lo disponga.
CPCCBA
 #1264645  por msal
 
Muchas Gracias Abogado 1987!!! Slds