Colegas, tengo una cliente que a partir del pago de la RH, Anses comenzó a aplicarle el tope del art 79. Se le descuenta de manera integra el bruto correspondiente a la jubilacion.
La consulta es, que me conviente, hacer un pedido de rejuste pidiendo la inplicabilidad del art 79 o realizarlo dentro del expediente de RH?
La deduccion se la empezaron a efectuar a partir del pago del segundo mes de la RH. Asimismo ese segundo mensual le pagan el retroactivo de la RH pero por otra parte le efectuan la retencion de dicho retroactivo, podria reclamar ese importe aun cuando sea el pago del mensual 11/2017?
Gracias
La consulta es, que me conviente, hacer un pedido de rejuste pidiendo la inplicabilidad del art 79 o realizarlo dentro del expediente de RH?
La deduccion se la empezaron a efectuar a partir del pago del segundo mes de la RH. Asimismo ese segundo mensual le pagan el retroactivo de la RH pero por otra parte le efectuan la retencion de dicho retroactivo, podria reclamar ese importe aun cuando sea el pago del mensual 11/2017?
Gracias