Hola colegas!, quiero consultarles lo siguiente:
Tengo para iniciar una pensión derivada. El caso tiene dos "complicaciones":
- Los cónyuges estaban casados legalmente, pero separados de hecho desde hace unos cuantos años previos al fallecimiento del hombre. (Tienen distintos domicilios en el DNI de mi clienta y la partida de defunción de él).
- El hombre falleció en el año 2016, y recién ahora la viuda quiere iniciar la pensión.
Si alguno de Uds ha tenido algún caso similar, cómo les ha ido? Tengo entendido que piden acreditar convivencia cuando ven distintos domicilios, pero ella no va a poder aportar prueba de nada porque realmente estaban separados. Y encima se suma lo llamativo de que quiera iniciar el trámite tantos años después.
Todo lo que puedan sugerir/aportar será más que bienvenido.
Gracias!!!