Hola, en una sucesión en la que ya hay declaratoria mi cliente quiere vender el % que le corresponde x tracto abreviado. Esto es posible? o es necesario vender por tracto la totalidad del inmueble?. Agradeceré sus consejos. Buena feria.
Salvo, que se lo compre un coheredero. Pero, en tal caso, en vez de tracto, conviene, por lo económico, una partición privada, ratificada por ante el Juzgado.