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  • CONTRATO VERBAL

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 #1267238  por florencoa
 
Estimados, tengo una consulta para hacerles.

Me comenta un cliente que alquiló para trabajar un auto. El contrato fue verbal. En realidad solamente acordaron precio pero no tiempo de la locación. De un día para otro el locador decide rescindir este contrato.

La pregunta es: ¿Se puede hacer algo en estos casos? Entiendo que no, pero como no tengo mucha experiencia quisiera saber su opinión.

Agradezco su aporte.-
 #1267245  por DRalonso
 
FLOREN: COMO SIEMPRE PREGUNTAS MUCHO, PERO EXPLICAS POCO...

"alquiló para trabajar un auto" ¿TAXI, REMIS, UBER, ¡O QUE?!!!

¿HAY RECIBOS DE ESE "ALQUILER"?
 #1267248  por florencoa
 
DRalonso escribió: Jue, 28 Ene 2021, 14:32 FLOREN: COMO SIEMPRE PREGUNTAS MUCHO, PERO EXPLICAS POCO...

"alquiló para trabajar un auto" ¿TAXI, REMIS, UBER, ¡O QUE?!!!

¿HAY RECIBOS DE ESE "ALQUILER"?
DRalonso, lo alquiló para remis. Y no, no hay ningún recibo.
 #1267253  por DRalonso
 
TAS FRITA!

¿COMO COBRABAN A LOS PASAJEROS?

MANDA CD APUNTANDO A LABORAL, PERO ANTES CONSEGUI TESTIGOS AUNQUE SEA...
 #1267258  por legalescom
 
Cód. Civ. y Com. Art. 1188.- Forma. Oponibilidad. El contrato de locación de cosa inmueble o mueble registrable, de una universalidad que incluya a alguna de ellas, o de parte material de un inmueble, debe ser hecho por escrito.
Esta regla se aplica también a sus prórrogas y modificaciones.

Art. 1020.- Prueba de los contratos formales. Los contratos en los cuales la formalidad es requerida a los fines probatorios pueden ser probados por otros medios, inclusive por testigos, si hay imposibilidad de obtener la prueba de haber sido cumplida la formalidad o si existe principio de prueba instrumental, o comienzo de ejecución. Se considera principio de prueba instrumental cualquier instrumento que emane de la otra parte, de su causante o de parte interesada en el asunto, que haga verosímil la existencia del contrato.