Buenas noches colegas en beneficio de litigar sin gastos en causa propia de abogado, la contraparte solicita la comunicación al TSJ y demas juzgados de inhabilitación de prestar fianza por el Acuerdo Reglamentario Número 1.079- Serie “A” de fecha 21/11/2.011 (y su rectificativo, A.R. 1.080- Serie “A” de fecha 29/11/2.011).
Entiendo que por la situación extrema en la que estamos sumidos por la pandemia y la escasez de trabajo, es justificable la imposibilidad de pago de los aportes, pero me parece exagerado manifestar que por ello debe inhabilitarse de prestar fianza. ¿Alguien tiene alguna sugerencia, experiencia al repsecto?
Entiendo que por la situación extrema en la que estamos sumidos por la pandemia y la escasez de trabajo, es justificable la imposibilidad de pago de los aportes, pero me parece exagerado manifestar que por ello debe inhabilitarse de prestar fianza. ¿Alguien tiene alguna sugerencia, experiencia al repsecto?