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  • NO ME PROVEYERON INTEGRAMENTE LA DEMANDA

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 #1268385  por MartaBenedetto
 
Hola,

Es la primera vez que presento una demanda y no me la proveyeron en todas sus partes en el primer proveído.

La pregunta es:

presento un escrito simple "se provea íntegramente" o presente un "recurso de aclaratoria" ??

Gracias!
 #1268435  por DRalonso
 
¡MARTA! ¡QUE NEGATIVA QUE SOS!!!

ANTES UNO IBA Y PEDIA POR EL OFICIAL QUE DESPACHA EL EXP., AHORA ESO ESTA MUY DIFICIL, LOS ALEGATOS DE OREJA ESTAN EN EXTINCION...

AHORA SE ENVIAN CONSULTAS PERSONALES AL E-MAIL DEL JUZGADO, GENERALMENTE CONTESTAN, PERO DEPENDEMOS DE LA BUENA VOLUNTAD DE LOS BUROCRATAS JUDICIALES...

BUSCA EN LA WEB DEL PODER JUDICIAL EL E-MAIL DE ESE JUZGADO E INTENTALO, PERO SI LO HACES CON ESA ACTITUD NEGATIVA...
 #1268474  por MartaBenedetto
 
DRalonso escribió: Vie, 19 Feb 2021, 14:14 ¡MARTA! ¡QUE NEGATIVA QUE SOS!!!

ANTES UNO IBA Y PEDIA POR EL OFICIAL QUE DESPACHA EL EXP., AHORA ESO ESTA MUY DIFICIL, LOS ALEGATOS DE OREJA ESTAN EN EXTINCION...

AHORA SE ENVIAN CONSULTAS PERSONALES AL E-MAIL DEL JUZGADO, GENERALMENTE CONTESTAN, PERO DEPENDEMOS DE LA BUENA VOLUNTAD DE LOS BUROCRATAS JUDICIALES...

BUSCA EN LA WEB DEL PODER JUDICIAL EL E-MAIL DE ESE JUZGADO E INTENTALO, PERO SI LO HACES CON ESA ACTITUD NEGATIVA...
No es de negativa, hablo desde la experiencia:

No hubo una sola vez en mis 27 años de litigar que me hayan dicho "quedate tranquila, ahora sacamos otro proveido diciendo que nos equivocamos". Al contrario, siempre me dijeron "presenta un escrito asi corregimos nuestro error". De ahí que mi pregunta es qué tipo de escrito debo presentar.

De todos modos agradezco su consejo.
 #1268479  por legalescom
 
Cuántos bla, bla, bla, nos ahorraríamos si, de entrada, sabemos encarar bien, lo que preguntamos.
Es más, me extraña que, una letrada, con 27 años de experiencia, no sepa formular correctamente una consulta.
El "beneficio de litigar sin gastos", implica una acción judicial, que conforme a la prueba aportada, el juez, lo puede conceder, o no.
En cambio el "beneficio de justicia gratuita", del art. 55 de la Ley del consumidor, lo concede la ley, no el juez.
Si el juez, no lo hubiera interpretado así, en el primer proveído, te hubiera dictaminado "Abonada que sea la tasa de justicia, se proveerá".
 #1268512  por MartaBenedetto
 
legalescom escribió: Vie, 19 Feb 2021, 22:20 Reitero, no lo concede al juez, así que, nada tiene que decir. Lo otorga la ley
Esimado,

En primer lugar, la pregunta la formulé de manera correcta: "SI EL JUZGADO NO TE PROVEE ÍNTEGRAMENTE UNA DEMANDA, QUÉ TIPO DE ESCRITO HAY QUE PRESENTAR ??". Más claro que eso, imposible. No importa qué es lo que no me proveyó, eso es otro asunto que no influye en la respuesta.

Ahora bien, si usted no sabe responder, lo correcto es no participar. Es evidente que, al advertir su propia ignorancia sobre el tema, decidió descargar su frustración en mi persona, achacándome culpas imaginarias.

En segundo lugar, siempre que he presentado una demanda solicitando el beneficio de justicia gratuita el juez se pronunció sobre el tema....SIEMPRE. Por lo tanto, si usted se considera una inminencia del Derecho, lo mejor que puede hacer es averiguar sobre el tema, para aprender y progresar. No sirve de nada que vaya por la vida agrediendo a sus colegas con esa actitud que nace se su sentimiento de superioridad.

"NO HAY PEOR IGNORANTE QUE AQUEL QUE IGNORA SU PROPIA IGNORANCIA"
 #1268513  por MartaBenedetto
 
DRalonso escribió: Vie, 19 Feb 2021, 21:36 NO HAY DE QUE, MARTA!

IGUAL HACELO, ANTES SE HABLABA 1ro. Y SE PRESENTABA DESPUES EL ESCRITO, AHORA ES POR E-MAIL

¿LOCALIDAD?
Muchas gracias por tomarse el tiempo para contestarme y por su educación y buenas formas.

Voy a seguir su consejo y mandar un mail.

Le agradezco nuevamente.

Le envió un cálido saludo.