Buenas tardes, les comento mi problema, en CABA, tengo que citar a los testigos que presente y como es virtual según resolución CNAT 1/2021 me requirieron DNI y correo electrónico de los testigos bajo apercibimiento de tenerlos como desistidos. El problema es que dos de esos testigos son personas que no tienen relación personal ni confianza con mi cliente por lo que no nos facilitaron los datos, (son sus médicos). Por lo que solicité que se los notificará por cédula judicial... Lo cual me lo negaron fundado en que la resolución de la CNAT no lo contempla, voy a apelar.
Mi pregunta es, el traslado de la demanda actualmente se está haciendo por medio de cedula sin copias, cuál resolución es la que establece la utilización de cédulas en formato papel en situación de pandemia para notificar determinados actos? Porque mi idea es argumentar que la resolución no contempla la situación que expongo y que estamos ante un excesivo formalismo cuando la cédula sí se utiliza para notificar otros actos jurídicos.
Espero se entienda, gracias por su atención!
Mi pregunta es, el traslado de la demanda actualmente se está haciendo por medio de cedula sin copias, cuál resolución es la que establece la utilización de cédulas en formato papel en situación de pandemia para notificar determinados actos? Porque mi idea es argumentar que la resolución no contempla la situación que expongo y que estamos ante un excesivo formalismo cuando la cédula sí se utiliza para notificar otros actos jurídicos.
Espero se entienda, gracias por su atención!