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  • PENSIÓN POR FALLECIMIENTO DE POLICIA FEDERAL ARG- A PEDIDO DE LA VIUDA

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1270097  por DBRABOGADA
 
BUENAS NOCHES
Necesito ayuda para iniciar pensión en la CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES
Y PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERAL. Si alguien puede orientarme se lo agradecería.

NO ENTIENDO QUE ES LO QUE PIDE CUANDO ME INDICA QUE REQUIERO "Clave de Identificación Tributaria de todos los solicitantes: CDI, CUIL o CUIT."
TAMPOCO ENTIENDO ESTE REQUISITO
"Para acreditar domicilio presentar certificado otorgado por la Policía Federal Argentina o certificado otorgado por el Registro Provincial de las Personas."


Tengo un inconveniente el causante y la cónyuge supérstite NO TIENEN EL MISMO DOMICILIO.
 #1270145  por MARIO1943
 
ESTOS SON LOS REQUISITOS
Viuda/o.
Conviviente que acredite 5 años como mínimo si no hubiese descendencia, o 2 años como mínimo si hubiese descendencia o si no hubiese impedimento legal para contraer nupcias (en todos los casos con acreditación de pruebas documentales y testimoniales).
Hijos varones solteros legítimos o adoptivos hasta los 21 años.
Hijos/as mayores de edad incapacitados definitivamente para el trabajo, siempre que carezcan de recursos suficientes o de otro beneficio previsional más favorable.
Hijas solteras legítimas o adoptivas hasta los 21 años o hasta los 26 años si cursaren regularmente estudios de nivel terciario o universitario (título oficial).
Hijas solteras mayores de 50 años, que hayan convivido con el afiliado principal durante los últimos 10 años.
Madre viuda o padre septuagenario o incapacitado definitivamente para el trabajo, carentes de recursos suficientes o de otro beneficio previsional más favorable a cargo del causante.
Hermanas/os menores de edad y los mayores incapacitados definitivamente para el trabajo, que estuvieran a cargo del causante en el momento del fallecimiento y carezcan de recursos suficientes o de otro beneficio previsional más favorable.

¿A quién está dirigido?

Viuda/o.
Conviviente que acredite 5 años como mínimo si no hubiese descendencia, o 2 años como mínimo si hubiese descendencia o si no hubiese impedimento legal para contraer nupcias (en todos los casos con acreditación de pruebas documentales y testimoniales).
Hijos varones solteros legítimos o adoptivos hasta los 21 años.
Hijos/as mayores de edad incapacitados definitivamente para el trabajo, siempre que carezcan de recursos suficientes o de otro beneficio previsional más favorable.
Hijas solteras legítimas o adoptivas hasta los 21 años o hasta los 26 años si cursaren regularmente estudios de nivel terciario o universitario (título oficial).
Hijas solteras mayores de 50 años, que hayan convivido con el afiliado principal durante los últimos 10 años.
Madre viuda o padre septuagenario o incapacitado definitivamente para el trabajo, carentes de recursos suficientes o de otro beneficio previsional más favorable a cargo del causante.
Hermanas/os menores de edad y los mayores incapacitados definitivamente para el trabajo, que estuvieran a cargo del causante en el momento del fallecimiento y carezcan de recursos suficientes o de otro beneficio previsional más favorable.

¿Qué necesito?

Partida de defunción (original y copia).

Partida de matrimonio actualizada (original y copia).

Partida de nacimiento de los hijos que solicitan pensión (original y copia).

Documento Nacional de Identidad de todos los solicitantes (original y copia – anverso y reverso) y donde conste cambio de domicilio si lo hubiere.

Libreta de matrimonio con la correspondiente inscripción del matrimonio y nacimientos (original y copia).

Para acreditar domicilio presentar certificado otorgado por la Policía Federal Argentina o certificado otorgado por el Registro Provincial de las Personas.

Clave de Identificación Tributaria de todos los solicitantes: CDI, CUIL o CUIT.

Descargar y completar la Declaración Jurada de Pensión y la Solicitud de Pensión que se encuentran al costado derecho de esta página.
¿Cómo hago?
Dónde solicitar este beneficio

Cuando los fallecidos estuvieran afiliados a la Obra Social de PFA en:

Superintendencia de Bienestar – Policía Federal Argentina
Sección Ayuda Mutua
Luis Saenz Peña 375 1º piso
(C110AAG) – Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Teléfono: +54 11 4383-2085
Horario de 9hs a 15hs.
Cuando los fallecidos que estuvieran asociados a SMSV:

Sociedad Militar Seguro de Vida
Córdoba 1674 – PB – C1055AAT – Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Teléfono: +54 11 4129-4000
Horario de 7.45 hs a 12.45 hs.
Cuando los fallecidos que no estuvieren afiliados a la Superintendencia de Bienestar y no estuvieren asociados a SMSV:

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal
Departamento Información Pasivos
Sarmiento 1624 – PB – C1042ABF – Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Teléfono: +54 11 4814-8200 internos 2015 al 2030
Horario de 9 hs. a 14 hs.

Los residentes en el interior o exterior del país podrán solicitar el trámite por nota (Ver modelo – Consultas Varias) enviada por correo a:

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Pol. Fed.
Departamento Información Pasivos
Sarmiento 1624 – P.B. – C1042ABF – Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Sin la documentación requerida no se podrá iniciar el trámite solicitado.
 #1270146  por MARIO1943
 
NO ENTIENDO PARA QUE TE PIDEN EL CIT, ES DE ARBA

¿Qué es la Clave de Identificación Tributaria (CIT)?

La Clave de Identificación Tributaria (CIT) es una contraseña que sirve para autenticar a quienes realizan operaciones a través de la página web de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires. Esta nueva denominación reemplaza a la anterior (CIT), y brinda un mayor nivel de seguridad. Si ya tenés una contraseña (CIT), podes seguir usándola hasta que se realice la transición definitiva. Cada usuario contará con una única clave, responsabilizándose por su correcto uso, resguardo y protección, considerándose que los datos transmitidos son de su exclusiva autoría y responsabilidad.
La CFA deberá tener 9 caracteres como mínimo y 30 como máximo, siendo requisito que contenga al menos un número, una letra mayúscula y una minúscula.
¿Cómo se obtiene? - Tutorial

La Clave de Identificación Tributaria (CIT) puede obtenerse a través de la página web de Arba o dirigiéndose a cualquiera de los Centros de Atención.
Los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos recibirán su Clave de Identificación Tributaria (CIT) para operar vía web al momento de finalizar el trámite de inscripción.
¿Quiénes pueden obtener la Clave de Identificación Tributaria (CIT) vía web?

La tramitación de la Clave de Identificación Tributaria (CIT) vía web es exclusiva para las personas humanas que posean Clave de AFIP nivel 3. Al iniciar el trámite, el sistema te redireccionará al portal de AFIP para solicitar la Clave de Identificación Tributaria (CIT).

Aquellas personas humanas que no posean Clave de AFIP nivel 3 o sean personas jurídicas, deberán proceder a realizar el trámite Presencial. Recordá que éste trámite se inicia vía WEB, se confirma en el Punto ARBA más cercano.