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  • Incripcion de inmuble por via judicial.

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 #1165433  por micaelafben
 
buenas noches, quisiera saber si alguien esta informado de como inscribir un inmueble en provincia de Buenos Aires adquirido en venta judicial, deberia ser mediante testimonio 22172? debo librar oficios ademas?, la idea sera hacerlo yo misma y no abonar honorarios al escribano.

agradezco me orienten un poco!!!
besos. *cafe*
 #1165445  por DRA. MACA
 
micaelafben escribió:buenas noches, quisiera saber si alguien esta informado de como inscribir un inmueble en provincia de Buenos Aires adquirido en venta judicial, deberia ser mediante testimonio 22172? debo librar oficios ademas?, la idea sera hacerlo yo misma y no abonar honorarios al escribano.

agradezco me orienten un poco!!!
besos. *cafe*
Pregunta, como pensas hacer una escritura sin escribano? :roll:
 #1165583  por sonicobcn
 
Hola Maca, muy a mi pesar como escribano te cuento que puede inscribir por testimonio judicial, unica excepcion a la adquisicion de inmuebles

Saludos

ARTICULO 1017.- Escritura pública. Deben ser otorgados por escritura pública:

a) los contratos que tienen por objeto la adquisición, modificación o extinción de derechos reales sobre inmuebles. Quedan exceptuados los casos en que el acto es realizado mediante subasta proveniente de ejecución judicial o administrativa;
 #1165598  por DRA. MACA
 
sonicobcn escribió:Hola Maca, muy a mi pesar como escribano te cuento que puede inscribir por testimonio judicial, unica excepcion a la adquisicion de inmuebles

Saludos

ARTICULO 1017.- Escritura pública. Deben ser otorgados por escritura pública:

a) los contratos que tienen por objeto la adquisición, modificación o extinción de derechos reales sobre inmuebles. Quedan exceptuados los casos en que el acto es realizado mediante subasta proveniente de ejecución judicial o administrativa;
Ahora me vino la duda o sea cualquier persona que mediante subasta adquiera un inmueble, no necesita de un escribano para realizar la escritura sino que por medio de testimonio listo, entendi bien?
 #1165614  por abogado1987
 
micaelafben escribió:buenas noches, quisiera saber si alguien esta informado de como inscribir un inmueble en provincia de Buenos Aires adquirido en venta judicial, deberia ser mediante testimonio 22172? debo librar oficios ademas?, la idea sera hacerlo yo misma y no abonar honorarios al escribano.

agradezco me orienten un poco!!!
besos. *cafe*
para inscribir tenés que estar matriculada en prov Baires ó delegar en matriculado de provincia,
si el expte NO tramita en un juzgado de provincia de Buenos Aires > testimonio ley 22.172
Buenos Aires, de .-
AUTOS Y VISTOS: Atento al estado de autos, a los certificados de dominio e
inhibiciones acompañados a fs. ....., inscríbase la subasta judicial ordenada a fs. ...., aprobada a fs. ...... , primer párrafo, cuyo boleto de venta obra a fs. ......, a favor del adquirente ............, y en relación a una fracción de terreno ...... (provincia Baires), a cuyo fin expídase testimonio ley 22.172.-
Procédase al levantamiento de los embargos e inhibiciones que
surgen del informes acompañados, al sólo efecto de inscribir la
subasta llevada a cabo en las actuaciones, como asimismo, a la
cancelación de la hipoteca inscripta a favor del ejecutante, según lo
prescripto por el art.3196 del Código Civil, con citación de los Sres.
Jueces embargantes, la que se tendrá por cumplida con constancia de
recepción de los respectivos oficios.-
A sus efectos, expídase testimonio ley 22.172, haciéndose
constar la persona autorizada para su diligenciamiento.-
Fdo. ..... JUEZ”
 #1165664  por sonicobcn
 
Si, se puede en venta judicial inscribir por testimonio.
En juicio de escrituracion si o si por escritura.
Y por supuesto que si el adquirente en subasta quiere puede pedirle a un escribano la protocolizacion de las actuaciones e inscripcion.

Saludos
 #1165813  por DRA. MACA
 
sonicobcn escribió:Si, se puede en venta judicial inscribir por testimonio.
En juicio de escrituracion si o si por escritura.
Y por supuesto que si el adquirente en subasta quiere puede pedirle a un escribano la protocolizacion de las actuaciones e inscripcion.

Saludos
Gracias por ilustrarme, sinceramente no lo sabía, te hago una pregunta vos que sabes mas de esto, cuando el comprador adquiere el inmueble, deposita el dinero, el art 582 del cpccn establece que el comprador puede solicitar la indisponibilidad de fondos hasta tanto no se le otorgue la escritura, pero no era que puede hacerlo por testimonio?

Ademas si es con ese criterio se puede tomar todo el tiempo que quiere para escriturar y que el dinero no se pueda disponer?

No se si serán dudas básicas, pero no me queda claro esa preferencia al comprador.
 #1165866  por DRA. MACA
 
Ni siquiera sos original para escribir, ya que decis siempre lo mismo que yo.

Ya hablé con el colega en cuestion asi que una vez mas, te cagué :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol:

Y si, gracias a dios puedo pagar todo lo que quiera, cosa que vos ni un paquete de fideos, negrito del conurbano. *cafe*

:mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:
 #1165903  por DRA. MACA
 
Pobre envidioso, muerto en vida y rabioso, mas bronca te da, mas nos reimos todos de vos viejo en situación de calle :lol: :lol: :lol:

Seguí contestando! Mientras te hace ruido la pancita del hambre y no tenés para comer :lol: :lol: :lol:
 #1165918  por DRA. MACA
 
Jajajajajaj se pone furioso y rabioso jajajajaja :lol: :lol: :lol: :lol: :lol:

Si te duele que te diga la verdad JODETE *cafe*
 #1270126  por Ze Marcelo
 
sonicobcn escribió: Mié, 15 Feb 2017, 14:43 Si, se puede en venta judicial inscribir por testimonio.
En juicio de escrituracion si o si por escritura.
Y por supuesto que si el adquirente en subasta quiere puede pedirle a un escribano la protocolizacion de las actuaciones e inscripcion.

Saludos
Consulta...una vez producida la protocolización y figurando ésta certificada en el dominio correspondiente, ya es oponible a terceros? o deberían si o si estar inscriptos como titulares del dominio quienes figuren como titulares adquirientes de la subasta? Desde ya,muchas gracias .
 #1270167  por Ze Marcelo
 
Ze Marcelo escribió: Mar, 23 Mar 2021, 15:51
sonicobcn escribió: Mié, 15 Feb 2017, 14:43 Si, se puede en venta judicial inscribir por testimonio.
En juicio de escrituracion si o si por escritura.
Y por supuesto que si el adquirente en subasta quiere puede pedirle a un escribano la protocolizacion de las actuaciones e inscripcion.

Saludos
Consulta...una vez producida la protocolización y figurando ésta certificada en el dominio correspondiente, ya es oponible a terceros? o deberían si o si estar inscriptos como titulares del dominio quienes figuren como titulares adquirientes de la subasta? Desde ya,muchas gracias .
Viene a colacion que luego de la protocolizacion, se presento la municipalidad aduciendo no fue respetada su posicion de privilegio para cobrar una deuda (hubo un error en los informes presentados a fin de cancelar la deuda pertinente, y se abono la de una parcela que no correspondia) y de ahi mi duda si puede y/o debe ser inscripta por los titulares adquirientes o solo bastaria conque este protocolizada y no figuren necesariamente en el dominio para ser oponible a terceros, gracias.
 #1270174  por Ze Marcelo
 
DRalonso escribió: Mar, 23 Mar 2021, 23:02 PERO MARCELO, ¿QUE RESOLVIO EL JUZGADO AL PLANTEO MUNICIPAL?
Excelente pregunta...para la cual no tengo respuesta, porque no la hubo hasta hoy (van un par de años) y el dominio sigue a nombre del deudor, incluso le entro una inhibicion por un juicio laboral, a lo que viene mi consulta de si con la certificacion por parte del registro de la protolizacion ya hay oponibilidad por parte de los compradores (asi no sean titulares del dominio en cuestion) o de haber ,como me fue planteado por los herederos ya que fallecio el padre quien es el titular del dominio, una sucesion, podrian realizarla quedando en suspenso o incluso abriendo una posibilidad a una anulacion como medida de minima, de la subasta: espero haberme explicado, gracias.