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  • MEDIACION CABA - ACUERDO MODIFICACION DE CUOTA ALIMENTOS – HOMOLOGACION

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 #1270201  por drany
 
Hola Javier. Fijate la ley 26589, párrafo 2° "Cuando en el procedimiento de mediación estuvieren involucrados intereses de incapaces y se arribare a un acuerdo, éste deberá ser posteriormente sometido a la homologación judicial.-"
La homologación judicial acuerda fuerza ejecutiva a los acuerdos arribados en etapa de mediación. Y la disposición tiene su lógica si pensamos que cuando se trata de intereses de menores e incapaces, la intervención del Asesor de Menores e incapaces, es obligatoria. Que tengas suerte