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  • Ejecución de honorarios- art. 46 L.O.

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 #124424  por anisol
 
Hola a todos! quería hacerles una consulta.. soy la abogada de la parte demandada en una Ejecución de honorarios. Solicité el levantamiento del embargo del sueldo del demandado ya que el mismo saldó toda deuda con la actora.
El el proveido tengo lo siguiente: Del pedido de levantamiento de embargo solicitado por la demandada córrase traslado a la Dra. XXX, por el término de tres días, bajo apercibimiento en caso de silencio de tenerla por conforme. NOTIFIQUESE (art. 46 de la L.O.).
Cual es la Ley L.O. ? La cedula la armo yo y la llevo al Juzgado correcto?- Disculpen lo tal vez basico de mi consulta, es la primera vez que lo hago.
Muchas Gracias!!!!!!!!

 #125253  por borshis
 
La LO es la ley de procedimiento laboral, Ley 18.345, el art. 46 dice: ¨ Impulso de oficio-. El procedimiento será impulsado de oficio por los jueces, con excepción de la prueba informativa. Este impulso de oficio cesará en oportunidad de practicarse la liquidación, una vez recibidos los autos de la Cámara o consentida o ejecutoriada la sentencia. ¨
La cédula la confeccionás y firmás vos, con transcripción del auto ordenatorio. La llevas al Juzgado que entiende en la causa y pregutale a los chicos de la mesa de entrada si la dejás a confronte con escrito o sola. Una vez que te la sellaron, a veces la mandan directamente ellos a la oficina de notificaciones y mandamientos, sino la tenés que diligenciar vos. Pero en gral, la mada el Juzgado, siempre que no sea extraña jurisdicción.

 #125261  por Sailaw
 
Lo dijo Borshis, terminado el juicio y en etapa de ejecución, los movimientos son a cargo de las partes, se terminó el impulso de oficio, así que esa cedula la tenes que confeccionar vos.

 #127150  por anisol
 
Muchisimas gracias!!! han sido muy claros!!! Ahora como podría confeccionar esta cedula? tienen algun modelo mas o menos como para poder guiarme y armarla? muchas gracias!!!!!!!!!!!!!!!!!

 #127159  por borshis
 
Es una cédula como cualquier otra, solo que debe tener la T, (fuero del trabajo), la comprás o la bajas de la página del CPACF, completás los datos como en cualquier cédula, sólo que a quien vas a notificar es a la abogada de la contraparte. Transcribis el auto. La firmas y la dejás a confronte.
Podés bajarla desde este link:
http://www.cpacf.org.ar/verde/vSP_Form/Formularios.htm

 #127161  por Sailaw
 
Mejor entra al sitio del Colegio Público, que tiene formularios listos para llenar, despues los imprimis y tenes la cedula!!

 #127164  por borshis
 
Sailaw escribió:Mejor entra al sitio del Colegio Público, que tiene formularios listos para llenar, despues los imprimis y tenes la cedula!!
Si Sai, ese es el link que le dejé...para que entre al Colegio y lo baje de ahí...
Saluditos

 #127906  por anisol
 
Muchisisisisisimas gracias!!!!!!!! :D