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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1271675  por mariana2020
 
Buen día. Consulta, si acompaño liquidaciòn junto con los agravios (contra la sentencia de fondo, no me refiero a la etapa de ejecuciòn) las Salas de Cámara las toman? Digo la tienen presente junto con los agravios o rechazan que se presente liquidaciòn en esa instancia? Es para fundar la inconstitucionalidad de un tope que se rechazó en primera instancia.
Gracias
 #1271678  por lucky
 
Si tenés la liquidación, y te sirve para demostrar la confiscatoriedad, yo la acompañaría para ejemplificar la dimensión de la quita. No sé si acompañaste una liquidación con la demanda, porque también de allí surgiría la diferencia confiscatoria.
Esto más allá de que después la Cámara te la tome o no.