En un juicio de alimentos se dictó sentencia por un monto fijo. Un año y medio después la cliente me viene a consultar si se puede solicitar que esa cuota se actualice a fin de no perder tanta plata frente a la inflación. Le envié CD al demandado y no contestó. Inicie la etapa previa y el demandado se opuso a la actualización. Cerrada la etapa previa, se ordenó traslado de la demanda y una vez notificado se pasó a la etapa probatoria. Ahora se dictó sentencia a favor de mi cliente. El tema es que en la sentencia se ordenó actualizar cada seis meses conforme el Índice de precios al consumidor que publica el INDEC, con efecto retroactivo a la fecha de notificación de la demanda. Yo entiendo que debe ser con efecto retroactivo al inicio de la demanda o incluso antes, es decir al momento en que se lo interpeló por CD. (un mes antes de iniciar el juicio). Antes de apelar quería ver si alguien me puede dar su opinión al respecto. Aclaro que entre el inicio de la demanda y la notificación de la misma pasó mas de un año, ya que fue todo el parate de la pandemia. Gcias
Hay un remedio para las culpas...RECONOCERLAS!!!