Estimados,
Traigo a análisis el siguiente caso:
Empleado en actividad Sanidad sector privado presenta recibos de haberes con saldo a cobrar "0" durante los ultimos 5 meses. Verifiqué ingresos por cuenta bancaria y en dicho periodo sólo percibió como ingreso el denominado "ATP" hasta el mes de Marzo pasado, mientras que en los recibos de haberes se verifican retenciones por prestamo bancario y rubros de retenciones por mutual y obra social, llegando a superar en algunos casos el 80% del valor del salario devengado para el mes. En la entrevista mantenida me refiere que ha venido solicitando prestamos para pagar el alquiler de su vivienda y solventar gastos personales (lo que en mi humilde opinion no configuraría excepcion de "especial gravedad y urgencia") por los cuales mes a mes fue viéndose reducido su salario hasta llegar a "deberle" a su empleador (en este punto aclaro que el empleador liquida sus salarios colocando en la columna de haberes un rubro que denomina "ajuste neto negativo", mientras que en la columna de Descuentos registra item "recupero ajuste neto negativo" siendo este ultimo menor al primero, por lo que la suma de los prestamos, retenciones de ley y rubro "ajuste neto negativo" superan el sueldo devengado del mes, con lo cual al mes siguiente comienza "debiendole" a su empleador la diferencia emergente entre el Ajuste Neto Negativo y el rubro "recupero ajuste neto negativo" que el empleador descuenta hasta que el sueldo llega a "0").
Mis inquietudes son las siguientes: Hay responsabilidad del empleador? Es viable un reclamo conforme arts. 130 y/o 131 LCT?
Agradeceré toda consideracion u opinion al respecto.
Traigo a análisis el siguiente caso:
Empleado en actividad Sanidad sector privado presenta recibos de haberes con saldo a cobrar "0" durante los ultimos 5 meses. Verifiqué ingresos por cuenta bancaria y en dicho periodo sólo percibió como ingreso el denominado "ATP" hasta el mes de Marzo pasado, mientras que en los recibos de haberes se verifican retenciones por prestamo bancario y rubros de retenciones por mutual y obra social, llegando a superar en algunos casos el 80% del valor del salario devengado para el mes. En la entrevista mantenida me refiere que ha venido solicitando prestamos para pagar el alquiler de su vivienda y solventar gastos personales (lo que en mi humilde opinion no configuraría excepcion de "especial gravedad y urgencia") por los cuales mes a mes fue viéndose reducido su salario hasta llegar a "deberle" a su empleador (en este punto aclaro que el empleador liquida sus salarios colocando en la columna de haberes un rubro que denomina "ajuste neto negativo", mientras que en la columna de Descuentos registra item "recupero ajuste neto negativo" siendo este ultimo menor al primero, por lo que la suma de los prestamos, retenciones de ley y rubro "ajuste neto negativo" superan el sueldo devengado del mes, con lo cual al mes siguiente comienza "debiendole" a su empleador la diferencia emergente entre el Ajuste Neto Negativo y el rubro "recupero ajuste neto negativo" que el empleador descuenta hasta que el sueldo llega a "0").
Mis inquietudes son las siguientes: Hay responsabilidad del empleador? Es viable un reclamo conforme arts. 130 y/o 131 LCT?
Agradeceré toda consideracion u opinion al respecto.