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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1272974  por Elyse2016
 
Buenas tardes Colegas

Tengo que presentar una jubilación 24241, me quedaron $ 58 de intereses que querria invocar Bagatela. Estoy leyendo que en algunas UDAI rechazan porque no hay voluntad de pago. Que hay que pagar aunque sea un período de interes.

Es asi?

gracias, saludos
 #1272977  por MARIO1943
 
DE LA CIRCILAR 68/13.NO SURGE QUE HAY QUE TENER VOLUNTAD DE PAGO, ESTAMOS HABLANDO DE UNA INSIGNIFICANCIA, HAY UN SOLO REQUISITO
Si existe una diferencia entre el importe que surge del comprobante de pago cancelatorio y el de la deuda establecida por el SICAM, se tendrá por cancelada la misma, si la cuantía de la citada diferencia no supera el monto del MOPRE vigente a la fecha de su pago
O SESA EL UNICO REQUISITO ES QUE PARA INVOCARLO NO SUPERE EL TOPE ESTABLECIDO, NADA MAS, ESTAMOS HABLANDO DE DEUDA INSSIGNIFICANTE POR INTERESES, YA QUE EL CAPITAL NO ENTRA ESTA EXCEPCION