Hola estimados... Si A quiere entregar un vehículo automotor usado (de $700.000) a B, y B le saca un O km a A a cambio de que A pague las cuotas... En la entrega por el cero km B paga 400.000 que es lo que en realidad le entregaría a A por el vehículo (B le debe 300 a A y se lo pagará en cuotas... Entonces el compromiso es el siguiente: A tiene que hacerse cargo de las cuotas del 0km que será suyo. B tiene que pagarle cuotas a A por el vehículo usado... ¿Que contrato haría ustedes? Les agradezco la ayuda.... Muchas gracias.
Podría andar un contrato de permuta. Cód. Civ. y Com.
Art. 1172.- Definición. Hay permuta si las partes se obligan recíprocamente a transferirse el dominio de cosas que no son dinero.
Art. 1173.- Gastos. Excepto pacto en contrario, los gastos previstos en el artículo 1138 y todos los demás gastos que origine la permuta, son soportados por los contratantes por partes iguales.
Art. 1175.- Norma supletoria. En todo lo no previsto por el presente Capítulo se aplican supletoriamente las normas de la compraventa.