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 #1274074  por letrado1988
 
Estimados, tengo un expte. de diligencia preliminar (constatación de un inmueble intrusado) en San Isidro, Pcia. de Buenos Aires, donde aún no cumplida la diligencia, solicité me restituyan la documentación que el juzgado me intimó aporte en formato físico (antes la había presentado escaneada), a saber: dos Carta Documento, un Informe de Dominio y una escritura del inmueble.

El tema es que solicité el desglose de los originales y, no obstante nunca haber cumplido la Oficina de Notificaciones y Mandamientos con el mandamiento electrónico oficiado a dicha dependencia, me denegaron la entrega de documentación de mi cliente mediante este proveído:

"téngase presente el desglose solicitado, para una vez cumplido con los arts. 21 y 22 de la ley 6716."

Aclaro que previamente cumplí en pagar el Bono Ley 8480, el Ius Previsional, la Tasa de Justicia y también su Contribución. También cabe aclarar que en el expte. tampoco tengo regulación de honorarios como para que me denieguen la devolución de un documento público.

Espero que algún colega me pueda responder. Estoy bastante indignado por el modo de trabajo de este juzgado, me abstengo de opinar para no condicionar sus consejos.

P.d. (el juzgado es el N°15 de San Isidro)

Gracias de antemano. !
 #1274077  por DRalonso
 
http://www.cajaabogados.org.ar/vermas-noticias.php?n=347#.YLVqzb_PxTs
 #1274093  por letrado1988
 
Agrego a lo último: de la lectura de la ley, se entiende que un simple desglose de documentación aportada por intimación del juzgado para el cotejo de copias (o escaneos en su caso), no quedaría enrolado en el supuesto legal citado. A lo que refiere esa ley es a documentación expedida por el juzgado o que verse sobre la controversia judicial, vgr. escrituración judicial, un testimonio expedido, etc. Admitir que esa ley se aplicaría a cualquier desglose, implicaría que determinados documentos de vital importancia quedarían retenidos a capricho del juzgado que es lo que aquí a mi criterio ocurre , tal como que si frente a un mesa de entradas se aporta un DNI y luego se exige que se pague lo que establece la Ley 6716. Una trampa tendida para idiotas unicamente. Bueno, me vieron la cara parece :lol:
 #1274094  por DRalonso
 
SALAMIN Iletrado1988

"Una trampa tendida para idiotas unicamente. Bueno, me vieron la cara parece" ¡OBVIO!!!
 #1274096  por letrado1988
 
DRalonso escribió: Lun, 31 May 2021, 23:27 SALAMIN Iletrado1988

"Una trampa tendida para idiotas unicamente. Bueno, me vieron la cara parece" ¡OBVIO!!!
Te tomaste la pastillita y no pudiste seguir escribiendo que ya balbuceas ? *desp* *desp*
 #1274132  por Abogadogabriel
 
letrado1988 escribió: Lun, 31 May 2021, 18:49 Estimados, tengo un expte. de diligencia preliminar (constatación de un inmueble intrusado) en San Isidro, Pcia. de Buenos Aires, donde aún no cumplida la diligencia, solicité me restituyan la documentación que el juzgado me intimó aporte en formato físico (antes la había presentado escaneada), a saber: dos Carta Documento, un Informe de Dominio y una escritura del inmueble.

El tema es que solicité el desglose de los originales y, no obstante nunca haber cumplido la Oficina de Notificaciones y Mandamientos con el mandamiento electrónico oficiado a dicha dependencia, me denegaron la entrega de documentación de mi cliente mediante este proveído:

"téngase presente el desglose solicitado, para una vez cumplido con los arts. 21 y 22 de la ley 6716."

Aclaro que previamente cumplí en pagar el Bono Ley 8480, el Ius Previsional, la Tasa de Justicia y también su Contribución. También cabe aclarar que en el expte. tampoco tengo regulación de honorarios como para que me denieguen la devolución de un documento público.

Espero que algún colega me pueda responder. Estoy bastante indignado por el modo de trabajo de este juzgado, me abstengo de opinar para no condicionar sus consejos.

P.d. (el juzgado es el N°15 de San Isidro)

Gracias de antemano. !

Estimado, dos cosas, una omiti los troll que no suman y solo quieren figurar. La segunda y si presentas una apelación con revocatoria en subsidio, del auto que copiaste? Si es que estas a tiempo
 #1274143  por legalescom
 
Tiene razón el dR Alonso, el mJugado no te va a permitir desglosar ninguna documenación, ya que en en Pcia. de Bs. As., previamente, se deberá solicitar regulación de honorarios, denunciarse que han sido percibido y, sobre ellos, hacer los aportes a la Caja de Abogados. Art. 21 de la Ley 6.716 de Pcia. de Bs. As.