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  • modelo recurso por error material en liquidación 1° haber

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #668659  por Silvina Galasso
 
Hola!
Hice una jubilación sin moratoria y a mi cliente le llegó un haber que apenas supera la jubilac. mínima. No hice el cálculo en blue corp pero quiero intentar un reclamo administrativo ante la Anses o bien la CARSS. Alguien tiene un modelo?. Se los agradecería mucho. Saludos
 #668760  por franciscana
 
Hola!
Te aconsejaría cual tía vieja nomás, que primero hagas el cálculo porque cualquier escrito de error material tenés que fundarlo indicando donde está el error si en la PBU, PC O PAP y si no tenés la certeza en donde vas a batallar contra molinos de viento... que no tenga moratoria no significa necesariamente que deba ganar más del mínimo, puede ser un autónomo de la categoría A y te queda una mínima.-
Hace los cálculos y allí verás si existe o no un derecho cierto para pedir las diferencias, para plantear el "error material" pedis turno x la web y te atienden en la parte de beneficiarios. En la UDAI profesionales te lo tomaban sin turno hasta el año pasado, sino hacete una corrida y pregunta allí si podés dejar el escrito directamente pero obvio tendrás que acreditar con tus números donde está el error en la liquidación del haber.-
Suerte!
Haydée
 #1274677  por ROSOL29
 
Hola foristas, tengo un cliente al que le salió el cobro del primer haber y cuando voy a la liquidación veo que no le liquidaron la PAP, en la liquidación estan los siguientes componentes:

PBU
PC
PRESTACION ANUAL COMPLEMENTARIA
COMPLEMENTO AL MINIMO
Y LOS RETRO CON LOS DESCUENTOS

Lo que me hace ruido que está mal la liquidación es que el cliente tiene aportes efectivos posteriores al 94 hechos como monotributista.
Les consulto, en este caso sería presentación por error material no es así? Es necesario que al escrito le adjunte algun tipo de documentación o basta con la solicitud de revisión del cálculo del haber?

Gracias!
 #1274686  por PREV86
 
una pregunta o mejor dos con respecto a como anses calcula el primer haber

si una persona tiene 15 años de aportes hechos entre 2000 y 2015 con salarios muy altos
Ahora proximo a jubilarse y necesitando 15 años por moratoria
anses le va a pagar la minima por utilizar mas de 5 años de moratoria ?
es esto real ?
yo crei q le tomaban los ultimos 120 salarios para hacerle el cálculo

segundo
es obligatorio informar en anses que esta persona trabajó luego en una municipalidad y aportó al IPS ?
no se pueden renunciar u ocultar esa informacion ?
No deseo hacer eso debido a que son sus últimos años de aportes mucho más bajos
anses toma esos aportes para hacer el cálculo ?
 #1274720  por ROSOL29
 
lucky escribió: Mié, 09 Jun 2021, 11:24 Es que el monotributo no genera derecho a la PAP, salvo que se realice un aporte voluntario extra.
Creo que hay un post de este tema.
Yo tuve otro caso de MT que le liquidaron la PAP por eso me resulta raro. ¿En qué normativa está que el MT no se incluye para el calculo de la pap? QUise también buscar el post pero no lo encuentro.

Gracias lucky !!
 #1274722  por MARIO1943
 
ROSOL29 escribió: Mié, 09 Jun 2021, 15:58
lucky escribió: Mié, 09 Jun 2021, 11:24 Es que el monotributo no genera derecho a la PAP, salvo que se realice un aporte voluntario extra.
Creo que hay un post de este tema.
Yo tuve otro caso de MT que le liquidaron la PAP por eso me resulta raro. ¿En qué normativa está que el MT no se incluye para el calculo de la pap? QUise también buscar el post pero no lo encuentro.

Gracias lucky !!
EL MONOTRIBUTO VA DE CAJON A LA MINIMA, PORQUE NO TIENE SUELDO , FUE UN APORTE MINIMO
PERO AHORA AHORA HA CAMBIADO YA QUE EN EL MONOTRIBUTO YA NO TIENE APORTE FIJO VA CAMBIANDO
DE ACUERDO A LOS INGRESOS, LA COSA CAMBIA CUANDO HAY RR.DD, PERO POR MAS QUE CAMBIO
SE NOTA CUANDO RRDD, NO ASI CUANDO HAY MONOT PURO , PARA QUE TE PREOCUPA SI HAY PAP O NO, SI
VA A LA MINIMA
El caso de los periodos aportados como Monotributista:

Si la persona previamente tuvo aportes en relación de dependencia, los periodos del monotributo que van desde la creación del mismo (11/98) se los computa por el valor de la renta actualizadas. Con la suma de todos esos conceptos más los empleos en relación de dependencia, se llega al haber de jubilado.
La segunda situación es la de los monotributistas, que solo tienen aportes de monotributo, ellos accedían al haber mínimo jubilatorio, sin importar la categoría que revistieran hasta 12/2016, desde el 01/2017 el aporte al SIPA se ha ido modificando según la categoría, por tanto, la ecuación dependerá del mes y año en que fue realizado el aporte.
 #1274725  por ROSOL29
 
MARIO1943 escribió: Mié, 09 Jun 2021, 16:33
ROSOL29 escribió: Mié, 09 Jun 2021, 15:58
lucky escribió: Mié, 09 Jun 2021, 11:24 Es que el monotributo no genera derecho a la PAP, salvo que se realice un aporte voluntario extra.
Creo que hay un post de este tema.
Yo tuve otro caso de MT que le liquidaron la PAP por eso me resulta raro. ¿En qué normativa está que el MT no se incluye para el calculo de la pap? QUise también buscar el post pero no lo encuentro.

Gracias lucky !!
EL MONOTRIBUTO VA DE CAJON A LA MINIMA, PORQUE NO TIENE SUELDO , FUE UN APORTE MINIMO
PERO AHORA AHORA HA CAMBIADO YA QUE EN EL MONOTRIBUTO YA NO TIENE APORTE FIJO VA CAMBIANDO
DE ACUERDO A LOS INGRESOS, LA COSA CAMBIA CUANDO HAY RR.DD, PERO POR MAS QUE CAMBIO
SE NOTA CUANDO RRDD, NO ASI CUANDO HAY MONOT PURO , PARA QUE TE PREOCUPA SI HAY PAP O NO, SI
VA A LA MINIMA
El caso de los periodos aportados como Monotributista:

Si la persona previamente tuvo aportes en relación de dependencia, los periodos del monotributo que van desde la creación del mismo (11/98) se los computa por el valor de la renta actualizadas. Con la suma de todos esos conceptos más los empleos en relación de dependencia, se llega al haber de jubilado.
La segunda situación es la de los monotributistas, que solo tienen aportes de monotributo, ellos accedían al haber mínimo jubilatorio, sin importar la categoría que revistieran hasta 12/2016, desde el 01/2017 el aporte al SIPA se ha ido modificando según la categoría, por tanto, la ecuación dependerá del mes y año en que fue realizado el aporte.
MARIO tenés razón, para qué preocuparme si tiene el complemento al mínimo. Gracias por toda la explicación!!