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  • SUCESION - EDICTOS

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 #1274572  por lex30
 
Hola. tengo que publicar edictos en una sucesión. Nunca lo hice de manera virtual.
Pensaba adjuntarlo por pdf, lo que nose si adjuntarlo con un escrito.
Una vez firmado como siguen los pasos?
 #1274581  por abogado1987
 
lex30 escribió: Mar, 08 Jun 2021, 05:38 Hola. tengo que publicar edictos en una sucesión. Nunca lo hice de manera virtual.
Pensaba adjuntarlo por pdf, lo que nose si adjuntarlo con un escrito.
Una vez firmado como siguen los pasos?
Hola ¿Donde tramita la sucesion?
 #1274668  por abogado1987
 
lex30 escribió: Mar, 08 Jun 2021, 11:14 Provincia, lomas de zamora
Hola, entiendo que proyecto de edicto y constancia de pago
el juzgado si todo está correcto lo comunica al BO

“Lomas de Zamora, …
Se hace saber al interesado que la pieza edictual deberá ser efectuada como presentación electrónica (Ac. 3886/18 SCBA) y adjuntarse al mismo como archivo PDF la correspondiente constancia del pago tributario; debiendo respectarse el “MODELO DE EDICTO ELECTRÓNICO provisto por la S.C.J.B.A. que a continuación se transcribe:
"El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº … del Departamento Judicial Lomas de Zamora cita y emplaza por 30 días a herederos y acreedores de . Lomas de Zamora, de del año .-
El presente edicto deberá publicarse por un (1) día en el Boletín Judicial . Lomas de Zamora, de del año "-
 #1274762  por lex30
 
Gracias. Otra consulta, el oficio al Colegio de escribanos, saben como se pide ahora de manera virtual?
 #1275921  por lex30
 
HOLA. vuelvo con este tema porque sigo con dudas.
En cuanto a los edictos, ya los adjunte junto con el comprobante de pago, pero nose si debo hacer algo mas, dice edicto electrónico firmado per nose si tengo que retirarlo para llevar al BO o ya es todo virtual.
En cuanto al colegio de escribanos, ya complete el formulario, en el instructivo dice asi: "La dirección de correo electrónico a la cual deberán
diligenciarse dichos requerimientos, y que deberá ser consignada de forma expresa como
“destinatario”, al momento de presentar los oficios judiciales es:
colegioescribanos-PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".notificaciones.", entonces nose que tengo que hacer, si lo adjunto asi directamente al expte y denucnio este destinatario en un escrito?, además nose si lo tengo que imprimir, firmar y adjuntarlo firmado o solo asi sin firmar?
 #1275927  por DRalonso
 
ENTRE TANTAS COSAS QUE NO SABES, ESTA WEB BANEA EL SIGNO ARROBA, HAY QUE PONER: mongoARROBAgmail.com P. EJ.-
 #1275928  por Lan
 
Hola! Edictos: Una vez que el Juzgado los confecciono y te aparece en el expediente la constancia, vas a la pagina del Boletín Oficial (gestión avisos judiciales) pones los datos del expediente y te va llevando hasta que lo pagas. A vos te mandan una factura por mail y al Juzgado la publicación. Esperas los 30 días y luego acompañas la factura y pedís declaratoria. No hay que hacer mas nada con el Boletín Oficial. Con el Oficio al Colegio de Escribanos, es por la pagina de ellos (NO por DEOX) completas formulario, pagas y luego ellos mandan directo al Juzgado (y te avisan a vos por mail que fue respondido). Si no lo ves agregado al expte mandas mail al Juzgado para que lo agreguen. Suerte!
 #1276063  por Pamecorna
 
Hola, consulta, donde se genera la planilla dirigida al ips? y una vez confeccionada donde se manda? como pdf al juzgado? gracias!
 #1276093  por abogado_1987
 
Pamecorna escribió: Jue, 01 Jul 2021, 15:24 Hola, consulta, donde se genera la planilla dirigida al ips? y una vez confeccionada donde se manda? como pdf al juzgado? gracias!
Hola, como pauta

“San Isidro, .... de octubre de 2020.

Líbrese oficio de informe al Registro de Juicios Universales (conf. ley 7.205) y al Instituto de Previsión Social (conf. art. 25 de la ley 10.205) los cuales quedarán a cargo de los letrados. A tal fin, hácele saber a los profesionales intervinientes que el Módulo de Presentaciones Electrónicas de la página web de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires cuenta con los modelos pertinentes, a los fines de su diligenciamiento vía electrónica.
En consecuencia, acompañadas que sean las respectivas planillas por los letrados intervinientes, las mismas serán remitidas por Secretaría, vía intranet, de lo cual quedará constancia en el Sistema Informático de Gestión…”


“San Isidro, ..... de Octubre de 2020.
….
III.-Extráigase por Secretaría certificado de la página web del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, de donde conste si el causante era o no beneficiario de ese organismo, y agréguese a los presentes (art. 24 de la ley 10205)…”

“San Isidro, de Agosto de 2020 .
....
Para dictar la DECLARATORIA DE HEREDEROS es necesario agregar:
a- Informe del Registro de Testamentos del Colegio de Escribanos de la Pcia. de Bs. As. (art. 724 tércer párrafo del CPCC) el que puede ser diligenciado con la sola firma del letrado (art. 398 del CPCC).
b- Planilla de juicios universales (ley 7205) e Informe proveniente del Instituto de Previsión Social de la Pcia. de Buenos Aires (art. 25 de la ley 10205), cuyo diligenciamiento se realiza por el Juzgado, mediante notificación electrónica.
c- constancia de edictos publicados, una copia de cada diario y los recibos de pago (art. 146 del CPCC)….”
 #1276321  por Pamecorna
 
HACE FALTA DESCARGAR EL FORMULARIO LEY 10.205? O YA ES SUFICIENTE CON EL COMPROBANTE DE LA CONSULTA ON LINE DEL CERTIFICADO NEGATIVO? PUEDO MANDAR ESE CERTIFICADO NEGATIVO A LA CAUSA COMO PDF?