Estimados, les comento mi situación a ver si pueden darme sus opiniones, desde ya agradecida
en un juicio por accidente ley especial y despido en CABA. voy por las codemandadas . el actor gana el juicio sobre ambas materias ( pero mis clientes como no tenían nada que ver no FUERON condenados y mis honorarios quedan a CARGO DEL ACTOR). el tema es que pedí embargo sobre el margen que me da el art. 3decreto 484/87, ( o sea solo sobre el despido), me lo otorgan y surge las siguientes complicaciones y dudas. ( aclaro que había otros codemandados también exonerados que pidieron embargo por ende la suma ordenada a mi favor y en virtud que el mismo tope es general, es ínfima en relación al total de mis honorarios).
primero presentan acuerdo actor y demandado y establecen que se hará por transferencia a la cuenta personal del actor con aclaración que son sumas inembargables por provenir de deuda laboral
( PENSABA oponerme, porque entiendo que me imposibilita efectivizar la traba) salvo, y esto lo desconozco, que esa mención no tenga asidero ante una orden de embargo judicial.??ALGUIEN SABE.
por otro lado y con relación al saldo de mi honorarios regulados, debería iniciar ejecución en el mismo expediente? podre pedir una inhibición general de bienes u otra medida? , o me aconsejan pelear el tope de embargo de juicios de despido y la inembargabilidad en tema de ley de riesgos, lo ven viable??
mil graciassss como siempre
en un juicio por accidente ley especial y despido en CABA. voy por las codemandadas . el actor gana el juicio sobre ambas materias ( pero mis clientes como no tenían nada que ver no FUERON condenados y mis honorarios quedan a CARGO DEL ACTOR). el tema es que pedí embargo sobre el margen que me da el art. 3decreto 484/87, ( o sea solo sobre el despido), me lo otorgan y surge las siguientes complicaciones y dudas. ( aclaro que había otros codemandados también exonerados que pidieron embargo por ende la suma ordenada a mi favor y en virtud que el mismo tope es general, es ínfima en relación al total de mis honorarios).
primero presentan acuerdo actor y demandado y establecen que se hará por transferencia a la cuenta personal del actor con aclaración que son sumas inembargables por provenir de deuda laboral
( PENSABA oponerme, porque entiendo que me imposibilita efectivizar la traba) salvo, y esto lo desconozco, que esa mención no tenga asidero ante una orden de embargo judicial.??ALGUIEN SABE.
por otro lado y con relación al saldo de mi honorarios regulados, debería iniciar ejecución en el mismo expediente? podre pedir una inhibición general de bienes u otra medida? , o me aconsejan pelear el tope de embargo de juicios de despido y la inembargabilidad en tema de ley de riesgos, lo ven viable??
mil graciassss como siempre