Buenos dias colegas. tengo una duda tremenda. tengo un caso de una trabajadora de casas particulares. Tiene una enfermedad inculpable que se esta tratando y el empleador diciendo que no la puede tener mas la despide de forma verbal. La señora trabaja desde nov del 2015 y el año pasado la blanquean con un sueldo de $ 11.000 . La señora va primero a un organismo de la provincia donde le redactan un telegrama donde manifiesta que ante despido verbal aclare situacion laboral y que la registre correctamente en la fecha real de ingreso y que trabaja de lunes a domingo de 8 a 12 y 16 a 20 hs, pidiendo diferencias laborales, aguinaldo y demas, bajo apercibimiento de considerarse despedida
Mi pregunta es esta. a la señora se le abona mas que lo estipulado en el convenio de casas particulares ( $ 38.000)y en ninguna parte del telegrama se manifiesta que registren su salario real, lo deberia pedir?. Lo unico que se pone es la extension de la jornada laboral y con eso se podria calcular el sueldo que tiene, pero nose si es necesario aclararlo para hacer los calculos de las indemnizaciones.
y segundo, si lo rectifico queda totalmente sin sentido las diferencias salariales y eso tambien me hace ruido.
Una cosa mas, en funcion del decreto de doble indemnizacion esta persona dejo de trabajar en febrero de 2020 y volvio en junio del 2020, eso implicaria que no se aplica?
A todo esto, el empleador no contesto. se le envio la primera y al otro dia le enviaron otra porque habian puesto mal la direccion de la señora.
Graciass.
Mi pregunta es esta. a la señora se le abona mas que lo estipulado en el convenio de casas particulares ( $ 38.000)y en ninguna parte del telegrama se manifiesta que registren su salario real, lo deberia pedir?. Lo unico que se pone es la extension de la jornada laboral y con eso se podria calcular el sueldo que tiene, pero nose si es necesario aclararlo para hacer los calculos de las indemnizaciones.
y segundo, si lo rectifico queda totalmente sin sentido las diferencias salariales y eso tambien me hace ruido.
Una cosa mas, en funcion del decreto de doble indemnizacion esta persona dejo de trabajar en febrero de 2020 y volvio en junio del 2020, eso implicaria que no se aplica?
A todo esto, el empleador no contesto. se le envio la primera y al otro dia le enviaron otra porque habian puesto mal la direccion de la señora.
Graciass.