Estimados colegas buenas tardes le consulto por un tema de JUICIO EJECUTIVO.
El tema es que presento en el escrito inicial presento los pagares sin protesto y el juzgado en el primer despacho me plantea la Ley de Defensa del Consumidor y me dice "requiérase a la actora acompañe constancia del negocio base que sustenta el libramiento del cartular."
Ahora el tema es que mi cliente no se dedica a esta actividad de prestamista sino que lo hace de forma esporádica y el juzgado como tiene 5 procesos iniciados por mi cliente de juicio ejecutivo me lo quiere plantear por la Ley de Defensa del Consumidor.
Mi idea era realizar una revocatoria con apelación en subsidio, principalmente porque V.S no puede pretender un accionar como cotidiano por tener 5 causas iniciadas y que no se esta garantizando el derecho a la propiedad de mi cliente. Ustedes que opinan? Si me pueden recomendar jurisprudencia o doctrina les agradezco. Gracias
El tema es que presento en el escrito inicial presento los pagares sin protesto y el juzgado en el primer despacho me plantea la Ley de Defensa del Consumidor y me dice "requiérase a la actora acompañe constancia del negocio base que sustenta el libramiento del cartular."
Ahora el tema es que mi cliente no se dedica a esta actividad de prestamista sino que lo hace de forma esporádica y el juzgado como tiene 5 procesos iniciados por mi cliente de juicio ejecutivo me lo quiere plantear por la Ley de Defensa del Consumidor.
Mi idea era realizar una revocatoria con apelación en subsidio, principalmente porque V.S no puede pretender un accionar como cotidiano por tener 5 causas iniciadas y que no se esta garantizando el derecho a la propiedad de mi cliente. Ustedes que opinan? Si me pueden recomendar jurisprudencia o doctrina les agradezco. Gracias