Buenas noches. Paso a comentarles una situacion que se me ha presentado.
En fecha 28 de mayo envió telegrama solicitando se aclare situacion laboral y se paguen las diferencias salariales ocurridas en virtud deñ art 223 bis, suspensión que no habia sido notificada.
Con fecha 08 de Junio recibo CD de la empresa intimando a retomar tareas y negando adeudar sumas, bajo apercibimiento de abandono de trabajo y despido con justa causa.
En fecha 09 de Junio envio telegrama sosteniendo lo solicitado en el primero y ademas se pague el salario de mayo.
PERO ESE TELEGRAMA LLEGO A LA EMPRESA RECIEN EN FECHA 22 DE MAYO.
Y la empresa con fecha 17 de junio envio CD dando a mi cliente por DESPEDIDA con justa causa. CARTA DOCUMENTO que llega el 22 de junio.
En fecha 23 envie telegrama considerandome despedida.
Con fecha 18 hablé con el abogado de la empresa para llegar a un acuerdo, aunque aun no me ha enviado ninguna oferta.
COMO PROSIGO? MI CLIENTE HA PERDIDO SU DERECHO A INDEMNIZACION?
CABE ACLARAR QUE SE HICIERON RECLAMOS TELEFÓNICOS AL CORREO Y ARGUMENTABAN QUE UNA DE LAS SUCURSALES A POR LA QUE TENIA QUE PASAR EL TELEGRAMA ESTABA AFECTADA POR COVID.
LA VERDAD QUE HEMOS RESPONDIDO DENTRO DE LOS PLAZOS ESTABLECIDOS, Y EL RETARDO POR SUPUESTO NO ES IMPUTABLE A MI ACCIONAR.
ALGUIEN PASO POR UNA SITUACIÓN SIMILIAR? QUE ME ACONSEJAN ?
Gracias!!!
En fecha 28 de mayo envió telegrama solicitando se aclare situacion laboral y se paguen las diferencias salariales ocurridas en virtud deñ art 223 bis, suspensión que no habia sido notificada.
Con fecha 08 de Junio recibo CD de la empresa intimando a retomar tareas y negando adeudar sumas, bajo apercibimiento de abandono de trabajo y despido con justa causa.
En fecha 09 de Junio envio telegrama sosteniendo lo solicitado en el primero y ademas se pague el salario de mayo.
PERO ESE TELEGRAMA LLEGO A LA EMPRESA RECIEN EN FECHA 22 DE MAYO.
Y la empresa con fecha 17 de junio envio CD dando a mi cliente por DESPEDIDA con justa causa. CARTA DOCUMENTO que llega el 22 de junio.
En fecha 23 envie telegrama considerandome despedida.
Con fecha 18 hablé con el abogado de la empresa para llegar a un acuerdo, aunque aun no me ha enviado ninguna oferta.
COMO PROSIGO? MI CLIENTE HA PERDIDO SU DERECHO A INDEMNIZACION?
CABE ACLARAR QUE SE HICIERON RECLAMOS TELEFÓNICOS AL CORREO Y ARGUMENTABAN QUE UNA DE LAS SUCURSALES A POR LA QUE TENIA QUE PASAR EL TELEGRAMA ESTABA AFECTADA POR COVID.
LA VERDAD QUE HEMOS RESPONDIDO DENTRO DE LOS PLAZOS ESTABLECIDOS, Y EL RETARDO POR SUPUESTO NO ES IMPUTABLE A MI ACCIONAR.
ALGUIEN PASO POR UNA SITUACIÓN SIMILIAR? QUE ME ACONSEJAN ?
Gracias!!!