Hay una circular 32/21 del 28 de junio que contempla esta situación, que no es culpa de los contribuyentes.
"Se informa a todas las UDAI, Delegaciones, Oficinas y dependencias internas
pertenecientes a esta Administración Nacional que la Resolución General (AFIP)
5016/2021, establece que los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado
para Pequeños Contribuyentes, podrán cumplir con las obligaciones de pago
mensual, incluida las destinadas al régimen previsional, que abarcan los períodos
enero a junio de 2021, hasta el dia 5 de agosto de 2021.
Es de destacar que la prórroga informada precedentemente obedece al proceso
de revisión, por parte del Gobierno Nacional, de algunas de las decisiones
gubernamentales plasmadas en la Ley N° 27.618 -Régimen de Sostenimiento e
Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes- y sus normas reglamentarias, con
el objetivo de ampliar las medidas de alivio fiscal para pequeños contribuyentes.
Áreas Operativas."