Estimados: me viene a consultar le concubina de un trabajador que fue detenido por una cuestión ajena al trabajo. El empleador lo despidió ni bien se enteró. Les consulto si la intimación (o por la suspensión del 224 LCT o intimando al pago de indemnización por despido sin causa) quien debe hacerla? O sea quien esta legitimado para el intercambio telegrafico?
Disculpen estás preguntas de nivel pero nunca me tocó un caso así. Les agradecería sugerencias!
Gracias de antemano
Disculpen estás preguntas de nivel pero nunca me tocó un caso así. Les agradecería sugerencias!
Gracias de antemano