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  • Despido indirecto. Vehiculo retenido por el empleador.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1277149  por LUZBELITO
 
Estimados, les comento, estoy con un cliente, trabajo en negro total, luego de un inconveniente con su empleador se envió telegrama solicitando aclarar situación laboral y ante su silencio estariamos enviando otro telegrama considerándose despedido. Ahora bien, mi consulta es la siguiente, al trabajador le quedo adentro del establecimiento su motovehiculo, el cual el empleador no permite retirar. Sera viable que en el mismo telegrama en el cual se comunica el despido indirecto se lo intime a que proceda a restituir el vehículo. O tendría que intimar por otro medio.
En caso de intimar esta restitución, como les parece que se podría encauzar??
 #1277176  por ClaudioFer
 
Sin perjuicio de lo acertadamente indicado por el colega, entiendo que, dado que la conducta del empleador es susceptible de encuadrarse en el delito de retención indebida (art. 173, inc. 2, Código Penal), deberías intimar en ese mismo TCL a la restitución de la moto (que tiene bajo su custodia –de hecho— con motivo de la relación laboral habida) en un plazo perentorio bajo apercibimiento de denuncia penal en dichos términos, ya que aquel constituye un medio de comunicación fehaciente para constituirlo en mora, y que servirá eventualmente como prueba del incumplimiento de su obligación exigible de restituir. La única excusa válida que podría esgrimir el pretendido empleador (si tu cliente te contó la verdad) es que le asiste un derecho de retención (arts. 2587 y sgtes., CCyC, motivado en alguna cuestión extra laboral, como que haya hecho arreglos en la moto que no le fueron abonados).