Hola buenas,
Disculpad si no es el lugar más adecuado para hacer esta consulta. Si algún administrador me indica cual sería el mejor lugar, cambio el post sin problema.
Me gustaría trasladar una duda sobre una servidumbre de paso en fincas agrarias. Se trata concretamente de unos huertos.
En primer lugar, la servidumbre de paso no está registrada en ningún lugar. Es el típico paso que desde hace años nuestros antepasados, de palabra, permitían el uso de ella.
Como veréis en el dibujo casero que adjunto, yo tengo dos fincas la 1 y la 2 pintadas en verde.
La finca 3 y la 4 son de dos personas respectivamente.
La duda y el problema que expongo es sobre la puerta de entrada.
Siempre habido una puerta grande de madera y un candado, cuya llave teníamos los propietarios de las fincas. Esa puerta por el paso del tiempo y el peligro de que se desplomara, nos toca cambiarla. La obra no es mucho lío pero hay que hacerlo.
El problema lo encuentro a la hora de pagar la puerta y su correspondiente obra.
Les he propuesto a mis vecinos de pagar los gastos entre las tres personas que somos. Uno está de acuerdo, pero la otra persona del terreno 4 me dice que no.
Esta persona me dice que el gasto se debe pagar en proporción a la cuota de participación, que es lo que dice el código civil.
Por sentido común, no sé, pienso que deberíamos pagar los tres la misma cantidad ya que la usamos de la misma forma. La cuota de participación que me comenta, es más propia para una comunidad de unos pisos por ejemplo, en ese caso sí, pero en un terreno agrario??
Puede alguien asesorarme con este asunto?
Muchas gracias!!
Plano casero
Disculpad si no es el lugar más adecuado para hacer esta consulta. Si algún administrador me indica cual sería el mejor lugar, cambio el post sin problema.
Me gustaría trasladar una duda sobre una servidumbre de paso en fincas agrarias. Se trata concretamente de unos huertos.
En primer lugar, la servidumbre de paso no está registrada en ningún lugar. Es el típico paso que desde hace años nuestros antepasados, de palabra, permitían el uso de ella.
Como veréis en el dibujo casero que adjunto, yo tengo dos fincas la 1 y la 2 pintadas en verde.
La finca 3 y la 4 son de dos personas respectivamente.
La duda y el problema que expongo es sobre la puerta de entrada.
Siempre habido una puerta grande de madera y un candado, cuya llave teníamos los propietarios de las fincas. Esa puerta por el paso del tiempo y el peligro de que se desplomara, nos toca cambiarla. La obra no es mucho lío pero hay que hacerlo.
El problema lo encuentro a la hora de pagar la puerta y su correspondiente obra.
Les he propuesto a mis vecinos de pagar los gastos entre las tres personas que somos. Uno está de acuerdo, pero la otra persona del terreno 4 me dice que no.
Esta persona me dice que el gasto se debe pagar en proporción a la cuota de participación, que es lo que dice el código civil.
Por sentido común, no sé, pienso que deberíamos pagar los tres la misma cantidad ya que la usamos de la misma forma. La cuota de participación que me comenta, es más propia para una comunidad de unos pisos por ejemplo, en ese caso sí, pero en un terreno agrario??
Puede alguien asesorarme con este asunto?
Muchas gracias!!
Plano casero