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  • SUCESION TASA DE JUSTICIA

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 #1277801  por nico2014
 
Buenas tardes, se puede abonar la tasa de justicia y acreditarla en un sucesorio (CABA) sin pedir la inscripcion del bien ni de la DH, simplemente para adelantar?
Por otro lado los informes de dominio e inhibicion que plazo de validez tiene una vez que son acreditados en el expte?
Las dudas radican en que se trata de un sucesorio de un auto, que lo tienen en venta, aun sin nada firme, pero los herederos no quieren perder tiempo ni oportunidad cuando se presente un comprador, es por eso que me consultan plazos (yo calculo entre que pido informes, tasa de justicia y expiden el oficio al registro automotor 1 mes aporx)
Gracias!
 #1277817  por legalescom
 
Si se puede pero, yo te diría, al estilo del Dr.Alonso, pateá a esos clientes tan secos.