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  • incumplimiento de convenio homologado?

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 #1278479  por HERNAN3192
 
Hola a todos, me llego un caso por incumplimiento de convenio homologado (dudo si el caso seria tal)

1.
en el año 2004 se homologo judicialmente un acuerdo de mediación por 4.000$, como es indemnización era a favor de una menor,
2.
intervino el defensor de menores, al tomar vista dijo
Sr. Juez...presto conformidad para que se homologue el mismo (acuerdo de mediación entre seguros y padres de la menor) La suma de que se trata deberá se depositada en autos e invertida en dólares a plazo fijo renovable automáticamente.
3
Juez proveyó...atento al dictamen precedente homologase en cuanto ha lugar en derecho el convenio de autos. Notifiquese.
4.
en enero 2021 la menor cumplió 20 años, me consulto por el dinero, si se podía extraer, al presentarme en el expediente. tomo vista y solicito que me informen las sumas existentes en cuentas pesos y cuenta dolares. y me informa el juzgado.

hay cuenta en pesos con saldo $4000
no hay cuenta en dolares abierta.

5. osea nunca se cumplió con lo que dijo el defensor oficial
6. me pregunto lo siguiente

el dictamen de la defensora es obligatorio para las partes?
quien es el obligado principal a cumplirlo (yo entiendo la aseguradora, aunque el abogado de los padres debió haber pedido la inversión en dolares)
cual es el plazo de prescripción para reclamar? yo entiendo que la menor adquirió la capacidad plena a los 18 años, por lo cual si aplico el art. 2560CCyCN, cinco años, podría llamar a mediación a la aseguradora, y reclamar mínimo los $1300 dolares que a la fecha del convenio se adquirían con la conversión de los cuatro mil pesos. e incluso ir por los intereses..que a la fecha serian unos 500 dolares mas.

Aclaro que es una caso de daños por accidente de transito.
aclaro, que ademas de los daños de la menor también sufrieron daños los padres y el daño material del auto, y el abogado en su momento cobro por el monto global osea incluido lo de la menor, por eso calculo que no paso mas a ver el expediente, produciendo en cierta forma o contribuyendo en el daño producido a la menor.
 #1280391  por HERNAN3192
 
Estimados, quiero contribuir con lo que investigue, y tiene aplicación practica, el dictamen obliga a cumplir con el reinversión en dólares, pero aquí viene el error de algunos colegas, o hay que ejecutar por incumplimiento de acuerdo homologado, sino que la reinversión corría por responsabilidad única de su letrado, al cual solo le bastaba presentar un escrito remitiéndose a lo dictaminado por la Defensora, y solicitando apertura de cuenta en dólares con la posterior reinversión de la suma acreditada en autos.

ahora bien como exprese anteriormente a la fecha 2004 los 1300 dólares, hoy serian 3000 dólares, y así las cosas lamentablemente aquí el único responsable es el colega que intervino en su momento, y el único camino que queda es iniciar mediación por daños, no voy a hacerlo.

Este caso es de mi amigo y padrino de mi hijo , y la menor hoy tiene 20 años, es la titular de un derecho cuyo plazo de prescripción comenzó a correr cuando cumplió los 18.
Yo me recibí de abogado posteriormente al caso, y mi amigo que no sabe de leyes, luego que le comente lo ocurrido, y que analizaría como revertir este daño patrimonial, me dijo fíjate, y si no podemos hacer nada, lamentablemente déjalo ahí, pero la hija no no quiere dejarlo así.

Así las cosas.