Estimados, antes q nada agradezco la ayuda ya q recien estoy empezando. En un juicio de despido me fijaron la audiencia del art 25 en provincia. Entiendo q la misma es para intentar conciliacion y luego para ademas absolver posiciones. En caso de no haber acuerdo en ese momento se fijara la fecha de vista de causa donde declaran testigos y los peritos? es asi? Me quedo la duda porque en lo proveido libraron cedulas para notificar a los testigos, que entiendo declaran en la VDC. Gracias!
¿Así que “recién estás empezando”? ¿Y qué hacías allá por el año 2011 consultando en el foro sobre el tema honorarios?
https://www.portaldeabogados.com/foros/ ... 39#p787639
Más allá de ello, lo que decís es parcialmente correcto. Conforme al art. 38 de la ley 15.057:
“ARTÍCULO 38: Las partes serán citadas a comparecer a una AUDIENCIA PRELIMINAR dentro de los veinte (20) días desde que se hubieran contestado los traslados previstos en el artículo 34, o vencidos los plazos para hacerlo.
En dicha audiencia:
1. Se invitará a las partes a una conciliación…
5. Se proveerán las pruebas que se consideren admisibles…
7. Se fijará, dentro del plazo máximo de noventa (90) días, la fecha para la celebración de la AUDIENCIA DE LA VISTA DE LA CAUSA, DONDE DECLARARÁN LAS PARTES, LOS TESTIGOS y brindarán sus explicaciones los peritos…”
Y conforme al art. 54 de la misma ley, respecto de la AUDIENCIA DE VISTA DE LA CAUSA, dispone:
“ARTÍCULO 54: En el día y hora fijados para la VISTA DE LA CAUSA deberá declararse abierto el acto cualesquiera sean las partes y personas citadas que hubieran concurrido…
Durante la vista de la causa se observarán las siguientes reglas:
b. A continuación, el Juez recibirá directamente las otras pruebas. LAS PARTES, LOS TESTIGOS Y LOS PERITOS, en su caso, serán interrogados libremente…
http://p8000268.ferozo.com/MDQ-2019/BER ... 015057.pdf
Por lo tanto, tanto en el procedimiento según la ley 11.653 (art. 44) como en la nueva ley 15.057 (art. 54), los testigos (y las partes) declaran en la audiencia de vista de causa. Si no obstante ello lo resuelto te genera dudas, plantea una aclaratoria.