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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1280486  por astur
 
Consulta, el caso es asi.
Señora que cobraba renta vitalicia (menos de $ 8.000.-) por pension directa.
Cada seis meses /enero y julio) cobra ajuste por rentabilidad (promedio $ 200.000 por vez . 400.000 al año).
Se hizo amparo por reajuste, salio favorable. (llevo el haber a $ 70.000.-)
Las pregunta es:
Va a seguir cobrando el ajuste por rentabilidad?

Gracias.
 #1280492  por lucky
 
No lo sé con certeza, pero en principio habría que ver qué dice el contrato de renta vitalicia que firmó para conocer las condiciones de pago de ese ajuste por rentabilidad.
 #1280494  por astur
 
lucky escribió: Lun, 27 Sep 2021, 10:14 No lo sé con certeza, pero en principio habría que ver qué dice el contrato de renta vitalicia que firmó para conocer las condiciones de pago de ese ajuste por rentabilidad.
Muchas gracias, voy a ubicar al contrato, la verdad con el tema de las rentas, es dificil de entender.
Cuando lo resuelva, les comento.
 #1280496  por DRalonso
 
LE SUBIERON DE 8MIL A 70MIL ¿QUE MAS VAS A RECLAMAR?
 #1280508  por MARIO1943
 
LA MAYORIA DE LOS JUICIOS, RESPONDEN A QUE LA RENTA VITALICIA ES INFERIOR A LA JUBILACION MINIMA Y A LA FALTA DE MOVILIDAD, EN ESTE CASO LA JUSTICIA LA LLEVARON A $70.000, INTERPRETO QUE NO TENES QUE FIJARTE EN LA POLIZA, YA QUE DE FIJARTE VOLVERIA A LA FORMA DE LIQUIDAR EN FORMA DISCRIMINATORIA FRENTE A LA SEGURIDAD SOCIAL.( ASI ESTA CONSIDERADA)
LO QUE TENES QUE VER ES LA RESOLUCION FINAL QUE DETERMINARON LOS $ 70000, DEBE FIGURAR DE QUE MANERA SE ACTUALIZO Y DE QUE FORMA VA SER LA MOVILIDAD DE AHORA EN MAS , QUE DEBERIA SER IGUAL A LA QUE REGULA ANSES LA MOVILIDAD, SI NO FUERA ASI, TENDRIAS QUE ESTAR PERMANENTEMENTE HACIENDO JUICIO POR LA ACTUALIZACION
 #1280513  por astur
 
MARIO1943 escribió: Lun, 27 Sep 2021, 17:39 LA MAYORIA DE LOS JUICIOS, RESPONDEN A QUE LA RENTA VITALICIA ES INFERIOR A LA JUBILACION MINIMA Y A LA FALTA DE MOVILIDAD, EN ESTE CASO LA JUSTICIA LA LLEVARON A $70.000, INTERPRETO QUE NO TENES QUE FIJARTE EN LA POLIZA, YA QUE DE FIJARTE VOLVERIA A LA FORMA DE LIQUIDAR EN FORMA DISCRIMINATORIA FRENTE A LA SEGURIDAD SOCIAL.( ASI ESTA CONSIDERADA)
LO QUE TENES QUE VER ES LA RESOLUCION FINAL QUE DETERMINARON LOS $ 70000, DEBE FIGURAR DE QUE MANERA SE ACTUALIZO Y DE QUE FORMA VA SER LA MOVILIDAD DE AHORA EN MAS , QUE DEBERIA SER IGUAL A LA QUE REGULA ANSES LA MOVILIDAD, SI NO FUERA ASI, TENDRIAS QUE ESTAR PERMANENTEMENTE HACIENDO JUICIO POR LA ACTUALIZACION
Mario, el monto del haber, se actualizo desde la sentencia, por la movilidad trimestral de anses.
Tambien se le abono la renta vitalicia, este año (en enero y julio).
No logro entender en la liquidacion, para el retroactivo, si se le descontaron los pagos anteriores de renta (tiene 60 paginas la liquidacion de anses).
Tengo un problema extra, que se abono desde hace un año, haber sin topes, excediendo ampliamente el haber maximo de anses, pero ahora viene, un item de pago indebido, descontando todo ese importe mal pagado, pero no puedo lograr que me den los numeros, para saber si esta bien o no.
Por eso, la pregunta es de concepto:
a) cuando se actualiza, se deben descontar los montos pagados por renta vitalicia? (en el retroactivo)
b) ademas del haber actualizado, va a seguir cobrando la renta vitalicia? (tengo la opinion de un colega, que sabe bastante (mas que yo seguro), que me dice que deberia cobrarla, pero tampoco tiene un fundamento que este 100% seguro).
Gracias por la ayuda-
 #1280525  por MARIO1943
 
VAMOS POR PARTE
1)CON QUE CONCEPTO SE PAGA LOS $ 70.000 ACTUALIZADOS CON LOS INDICES DE MOVILIDAD DE ANSES?
2)DECIS QUE LE PAGARON RENTA VITALICIA ESE AÑO ENERO Y JULIO, CUAL FUE EL IMPOORTE PORQUE SEGUN VOS EN ESOS MESES LE PAGABAN UN REAJUSTE?
 #1280535  por MARIO1943
 
MARIO1943 escribió: Mar, 28 Sep 2021, 10:32 VAMOS POR PARTE
1)CON QUE CONCEPTO SE PAGA LOS $ 70.000 ACTUALIZADOS CON LOS INDICES DE MOVILIDAD DE ANSES?
2)DECIS QUE LE PAGARON RENTA VITALICIA ESE AÑO ENERO Y JULIO, CUAL FUE EL IMPOORTE PORQUE SEGUN VOS EN ESOS MESES LE PAGABAN UN REAJUSTE?
TAMBIEN DECIME CUANTO COBRO EN ENERO , MARZO, JUNIO Y SET 2021( SOBRE LOS $ 70000)
 #1280543  por astur
 
MARIO1943 escribió: Mar, 28 Sep 2021, 13:08
MARIO1943 escribió: Mar, 28 Sep 2021, 10:32 VAMOS POR PARTE
1)CON QUE CONCEPTO SE PAGA LOS $ 70.000 ACTUALIZADOS CON LOS INDICES DE MOVILIDAD DE ANSES?
2)DECIS QUE LE PAGARON RENTA VITALICIA ESE AÑO ENERO Y JULIO, CUAL FUE EL IMPOORTE PORQUE SEGUN VOS EN ESOS MESES LE PAGABAN UN REAJUSTE?
TAMBIEN DECIME CUANTO COBRO EN ENERO , MARZO, JUNIO Y SET 2021( SOBRE LOS $ 70000)
DESC ANS PERIOD HABER COBRADO DIF renta
52.288,07 nov-20 65.357,45 117.645,62 52.288,17
54.576,22 dic-20 68.625,33 123.201,55 54.576,22
84.404,43 ene-21 68.625,33 123.303,20 54.677,87 178.359,36
84.512,84 may-42 68.625,33 123.411,61 54.786,28
88.385,19 mar-21 74.163,38 132.946,51 58.783,13
88.530,13 abr-21 74.163,68 132.966,95 58.803,57
88.676,51 may-21 74.163,68 133.113,33 58.949,95
94.915,70 jun-21 83.151,98 148.341,12 65.189,14
103.753,65 jul-21 83.151,98 148.510,54 65.358,56 230.370,55
103.927,57 ago-21 83.151,98 148.684,16 65.532,18
111.094,55 sep-21 93.454,52 166.300,94 72.846,42
111.094,51 oct-21

1.066.159,37 836.634,64 1.498.425,53 59.882,68 661.791,49 408.729,91

Se entiende? la primera columan, es lo que queire descontar anses - la que dice DIF, es mi cuenta entre lo pericibido realmente y el haber que correspondia.
Los ajustes se hicieron con la movilidad de Anses.
Como el retroactivo, lo va a pagar en noviembre, por eso cuando Anses hace la liquidacion, incluye a octubre 2021.
Desorientadoooooooo
Gracias
 #1280548  por MARIO1943
 
astur escribió: Lun, 27 Sep 2021, 21:31
MARIO1943 escribió: Lun, 27 Sep 2021, 17:39 LA MAYORIA DE LOS JUICIOS, RESPONDEN A QUE LA RENTA VITALICIA ES INFERIOR A LA JUBILACION MINIMA Y A LA FALTA DE MOVILIDAD, EN ESTE CASO LA JUSTICIA LA LLEVARON A $70.000, INTERPRETO QUE NO TENES QUE FIJARTE EN LA POLIZA, YA QUE DE FIJARTE VOLVERIA A LA FORMA DE LIQUIDAR EN FORMA DISCRIMINATORIA FRENTE A LA SEGURIDAD SOCIAL.( ASI ESTA CONSIDERADA)
LO QUE TENES QUE VER ES LA RESOLUCION FINAL QUE DETERMINARON LOS $ 70000, DEBE FIGURAR DE QUE MANERA SE ACTUALIZO Y DE QUE FORMA VA SER LA MOVILIDAD DE AHORA EN MAS , QUE DEBERIA SER IGUAL A LA QUE REGULA ANSES LA MOVILIDAD, SI NO FUERA ASI, TENDRIAS QUE ESTAR PERMANENTEMENTE HACIENDO JUICIO POR LA ACTUALIZACION
Mario, el monto del haber, se actualizo desde la sentencia, por la movilidad trimestral de anses.
Tambien se le abono la renta vitalicia, este año (en enero y julio).
No logro entender en la liquidacion, para el retroactivo, si se le descontaron los pagos anteriores de renta (tiene 60 paginas la liquidacion de anses).
Tengo un problema extra, que se abono desde hace un año, haber sin topes, excediendo ampliamente el haber maximo de anses, pero ahora viene, un item de pago indebido, descontando todo ese importe mal pagado, pero no puedo lograr que me den los numeros, para saber si esta bien o no.
Por eso, la pregunta es de concepto:
a) cuando se actualiza, se deben descontar los montos pagados por renta vitalicia? (en el retroactivo)
b) ademas del haber actualizado, va a seguir cobrando la renta vitalicia? (tengo la opinion de un colega, que sabe bastante (mas que yo seguro), que me dice que deberia cobrarla, pero tampoco tiene un fundamento que este 100% seguro).
Gracias por la ayuda-
VAMOS A IR CLARIFICANDO
1) POR LO QUE SE VE, LA RENTA VITALICIA SE ESTABLECIO EN TOTAL EN OCTUBRE EN $ 65,357,45. NO ENTIENDO PORQUE SE PAGO 117.645,66. SE ENTIENDE QUE EL RETROACTIVO LE VAN A DESCONTAR LOS $8OOO DE RENTA VITALICIA
2) LA AHORA TU PREGUNTA ES SI LA COMPAÑIA DE SEGURO VA A SEGUIR PAGANDO LOS AJUSTES, LA RESPUESTA ES SI Y LA DIFERENCIA LA PAGA ANSES, PARA ENTEDER BIEN ESTO Y SEGUN TU AMIGO TE AFIRMO QUE SI CORRESPONDE EL AJUSTE, PARA FUNFAMENTARLO , NOS TENEMOS QUE REMONTAR A LA LEY 24241 SOBRE RENTA VITALICIA( DESPUES LO BAJO) PERO RESUMIENDO SERIA RESPETANDO LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS
A) LA RENTA VITALICIA LA PAGA LA CIA DE SEGURO , QUE EL INTERESADO ELIGIO
B) lLA RENTA LA PAGARA LA CIA DE SEGURO Y EL AJUSTE SERA,
POR MES, CADA DOS MESES, TRIMESTRALMENTE , SEMESTRALMENTE O ANUALMENTE
EN TU CASO SERIA CADA 6 MESES PAGADO EN ENERO Y JULIO DE CADA AÑO
C) POR LO TANTO ENTIENDO QUE LA CIA LIQUIDARA MENSUALMENTE EL IMPORTE DE $ 80000 Y EN LOS MESES ENERO Y JULIO UNA RENTA DE 4% ANUAL. SEGUN LA LEY 24241
D)ANSES INCREMENTARA LA RENTA CON EL INDICE DE MOVILIDAD Y PAGARA LA DIFERENCIA DE LA LIQUIDACION QUE SURJA DEL PUNTO C
 #1280549  por MARIO1943
 
ESTE ES EL FUNDAMENTO QUE SURGE DE LA LEY 24241
La ley 24.241 establece que la renta vitalicia previsional es una de las modalidades de percepción de las prestaciones del régimen de capitalización. Por intermedio de esta modalidad, se podía acceder a una alternativa con bajo riesgo al momento de optar por el cobro de los beneficios por jubilación ordinaria, invalidez o fallecimiento.
Esta prestación la podían contratar los beneficiarios o sus derechohabientes con una compañía de seguros de retiro de su elección y tenían las siguientes características:
• Son de por vida (para los titulares y/o cónyuges) y hasta los 18 años para los hijos, salvo que sean personas con capacidades especiales, en cuyo caso es de por vida.
• Tienen una rentabilidad garantizada del 4 % anual y nunca podían disminuir, pero sí incrementarse en caso de que la tasa testigo informada por la Superintendencia de Seguros de la Nación supere ese porcentaje anual.
• Cuentan con ajustes mensuales en función de la rentabilidad de las inversiones.
 #1280550  por MARIO1943
 
EN EL POST ANTERIOR, ACLARE QUE ANSES DESCONTARA DEL RETROACTIVO, LOS & 8000 Y TAMBIEN LOS AJUSTES SEMESTRALES QUE SE PRACTCARON EN ENERO Y JULIO
 #1280555  por MARIO1943
 
INTERPRETO QUE LA DIFERENCIA QUE PAGO D E MAS ANSES, RESPONDE AL AJUSTE DE ENERO Y JULIO , PORQUE ESE IMPORTE YA LO PAGO LA CIA DE SEGURO Y AL PAGARLO NUEVAMENTE ANSES , LO ESTARIA DUPLICANDO, YA QUE EL TOPE MAXIMO ESTA FIJADO EN LOS $ 70000,
 #1280559  por astur
 
MARIO1943 escribió: Mar, 28 Sep 2021, 18:14 INTERPRETO QUE LA DIFERENCIA QUE PAGO D E MAS ANSES, RESPONDE AL AJUSTE DE ENERO Y JULIO , PORQUE ESE IMPORTE YA LO PAGO LA CIA DE SEGURO Y AL PAGARLO NUEVAMENTE ANSES , LO ESTARIA DUPLICANDO, YA QUE EL TOPE MAXIMO ESTA FIJADO EN LOS $ 70000,
Mario, muchas gracias, todavia tengo muchas dudas, pero tengo algunas certezas, asi que espero pronto, llegar a entenderlo. (tengo otro de renta, no tan complicado, pero que tambien me trae muchas dudas)-
Muchas gracias