Cual sería el domicilio que se debe tener en cuenta para la ejecución de unos cheques, se podría tener en cuenta el del actor,.
Hola, segùn la ley de cheques:" ARTICULO 3º- El domicilio del girado contra el cual se libra el cheque determina la ley aplicable.
El domicilio que el librador tenga registrado ante el girado podrá ser considerado domicilio especial a todos los efectos legales derivados del cheque."
Saludos.